Consejo de Estado anula histórica elección de presidente de ISA por vicios procesales
En una decisión de única instancia y sin posibilidad de apelación, la Sala Quinta del Consejo de Estado declaró nula la elección de Jorge Andrés Carrillo Cardoso como presidente de Interconexión Eléctrica S.A. ESP (ISA). Este fallo histórico culmina un extenso proceso judicial que se extendió por casi dos años, iniciado tras la presentación de dos demandas que cuestionaban la legalidad del nombramiento realizado en 2024.
Irregularidades que llevaron a la nulidad
El tribunal supremo determinó que se configuraron vicios sustanciales en el proceso de elección del antiguo gerente de Empresas Públicas de Medellín (EPM). Entre las principales irregularidades identificadas se encuentran:
- Modificaciones irregulares a la matriz de criterios de selección durante el proceso, que beneficiaron desproporcionadamente a Carrillo
- Posibles inconsistencias en la hoja de vida presentada por el candidato, incluyendo experiencia laboral duplicada
- Incumplimiento de requisitos establecidos para el cargo, como la experiencia mínima de 15 años
- Desacato a alertas presentadas por la firma cazatalentos contratada para evaluar candidatos
El proceso judicial y los demandantes
Las acciones legales fueron presentadas inicialmente por separado por el diputado antioqueño Luis Eduardo Peláez y el abogado Julio César Yepes. Ambos argumentaron que la elección de Carrillo estuvo viciada desde su origen, señalando además su cercanía con figuras políticas cuestionadas como el exalcalde Daniel Quintero y el español Xander Vendrell, cercano al presidente Gustavo Petro.
El diputado Peláez documentó en su investigación que Carrillo no cumplía con los requisitos de experiencia exigidos, presentando incluso documentos de una empresa que no existía jurídicamente en la época que declaró haber trabajado allí. Por su parte, Yepes aportó evidencia sobre el incumplimiento de procedimientos establecidos y demoras irregulares en el registro de requisitos.
Controversias adicionales y contexto político
La elección de Carrillo estuvo marcada por tensiones internas en la junta directiva de ISA, con divisiones entre miembros vinculados al Gobierno y aquellos considerados opositores. Se señaló especialmente la influencia de Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol y miembro de la junta de ISA, en el proceso de selección.
Además de las irregularidades procesales, los demandantes hicieron referencia a investigaciones fiscales abiertas contra Carrillo relacionadas con su gestión en EPM, incluyendo presuntos delitos de celebración de contratos sin requisitos legales e interés indebido. Entre los casos mencionados se encuentran:
- Un contrato fallido con Canacol para un acueducto de gas natural valorado en 5 billones de pesos
- Presuntas coimas relacionadas con Afinia
- Cambios irregulares de contratistas en Hidroituango
- El polémico contrato para camiones de recolección de basura en Medellín
Recurso extraordinario y decisión final
El camino judicial fue complejo, con rechazos iniciales a ambas demandas. Peláez presentó un recurso de súplica extraordinario argumentando que no cuestionaba la naturaleza de ISA sino el régimen jurídico aplicable al acto de nombramiento. Esta estrategia permitió que el Consejo de Estado finalmente admitiera la demanda y determinara su jurisdicción en el caso.
En su resolución del 27 de enero, el tribunal ordenó retrotraer el proceso de selección a la instancia previa a las irregularidades, excluyendo expresamente a Carrillo de cualquier participación futura. Los candidatos autorizados para el nuevo proceso son: André Cangucú, José Arosa, Juan Ricardo Ortega, Mónica Contreras, Guillermo Fonseca, Aurelio Bustilho y Sandra Fonseca.
Implicaciones institucionales
Esta decisión establece un precedente importante sobre los procesos de nombramiento en empresas de participación estatal, reforzando la necesidad de transparencia y estricto cumplimiento de los procedimientos establecidos. El fallo del Consejo de Estado subraya que las juntas directivas no pueden exceder sus funciones ni ignorar evaluaciones técnicas sobre la idoneidad de candidatos para cargos de alta dirección.
La resolución también aclara aspectos jurídicos sobre la naturaleza de empresas como ISA, determinando que aunque pueden tener participación privada, sus procesos de nombramiento están sujetos al escrutinio judicial cuando involucran cargos de dirección en entidades con responsabilidades de servicio público.
