La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo histórico que ordena al presidente Gustavo Petro ofrecer una disculpa pública a mujeres periodistas, luego de que las calificara con expresiones como "muñecas de la mafia" y "periodistas del poder". La decisión establece límites claros al discurso presidencial y subraya la responsabilidad de los altos funcionarios en el ejercicio de su libertad de expresión.
Contexto del fallo
La sentencia, emitida en 2025, concluyó que las declaraciones del mandatario vulneraron derechos fundamentales como la libertad de expresión, la igualdad y el derecho de las periodistas a ejercer su labor sin violencia de género, especialmente en entornos digitales. La Corte consideró que las expresiones del presidente transmitieron un mensaje estigmatizante, presentando a las comunicadoras como carentes de autonomía y "al servicio de terceros".
Estigmatización y estereotipos de género
El tribunal determinó que este tipo de afirmaciones, cargadas de estereotipos de género, resultan inadmisibles incluso en el marco de la opinión, debido a su impacto colectivo y al contexto de violencia que enfrentan las mujeres periodistas en Colombia. La Corte advirtió que el alcance de las declaraciones se amplifica por la visibilidad del presidente en redes sociales, donde cuenta con millones de seguidores, lo que puede incidir en el clima social y favorecer escenarios de agresión contra este grupo.
Medidas ordenadas
Como parte de la decisión, el tribunal ordenó al mandatario emitir una disculpa pública en condiciones similares a las de la declaración original, al considerar que una rectificación previa no cumplió con los estándares de reparación exigidos. Además, deberá incluir una nota aclaratoria en el video y en la transcripción oficial de la intervención en la que se produjeron las expresiones cuestionadas. La Corte fue enfática en que la respuesta debe ser "simétrica y proporcional" al daño causado, y recordó que los funcionarios públicos tienen un deber reforzado de cuidado al referirse a grupos especialmente protegidos por la Constitución.
Precedente para la prensa
El fallo también fija un precedente relevante sobre los límites de la libertad de expresión de altos funcionarios. Aunque reconoce este derecho, establece que debe ejercerse con mayor responsabilidad cuando se hace desde plataformas institucionales. La decisión subraya que el discurso oficial no puede derivar en estigmatización, discriminación o incitación a la violencia, particularmente contra poblaciones vulnerables como las mujeres periodistas.
La sentencia revocó una decisión previa del Consejo de Estado y respondió a una acción de tutela presentada por el abogado Germán Calderón España, junto con organizaciones como la Fundación para la Libertad de Prensa y El Veinte, además de un grupo de periodistas. Tras conocerse el fallo, las comunicadoras beneficiadas señalaron que la decisión deja claro que el presidente "tiene libertad de expresión, pero con límites reforzados", en un contexto donde el ejercicio periodístico continúa enfrentando desafíos en materia de seguridad y garantías.



