Juez ordena a ministro Benedetti rectificar acusaciones contra exministro Henao en redes sociales
Juez ordena a Benedetti rectificar acusaciones contra Henao

Orden judicial exige rectificación pública del ministro del Interior

En un fallo que marca un precedente sobre el uso responsable de las redes sociales por parte de altos funcionarios, la jueza 40 administrativa de Bogotá ha emitido una decisión contundente que afecta directamente al ministro del Interior, Armando Benedetti. La magistrada ha establecido un plazo perentorio de cuarenta y ocho horas para que el funcionario se retracte formalmente de diversas afirmaciones realizadas en su cuenta de la red social X, plataforma donde cuenta con una audiencia superior al medio millón de seguidores.

Origen del conflicto: una acción de tutela por vulneración de derechos

La resolución judicial surge como respuesta a una acción de tutela interpuesta por el exministro de Vivienda, Luis Felipe Henao Cardona, quien alegó de manera fundamentada la vulneración de sus derechos fundamentales al buen nombre y a la honra. Según los documentos del caso, Henao presentó pruebas concretas sobre las declaraciones del ministro Benedetti, las cuales habrían trascendido el ámbito de la opinión política para convertirse en señalamientos graves sin sustento probatorio.

Las acusaciones publicadas por Benedetti incluían afirmaciones sobre supuestos nexos entre Henao y el empresario conocido como "Ñeñe" Hernández, insinuaciones sobre investigaciones penales inexistentes y referencias a presuntas adquisiciones de bienes en el exterior tras el paso del exministro por la cartera de Vivienda. Particularmente, Benedetti había mencionado en diciembre del año anterior que conoció a Henao en un apartamento de doscientos metros cuadrados, sugiriendo un nivel de vida incompatible con sus ingresos oficiales.

Respuesta institucional y verificación de los hechos

Frente a estas acusaciones, Luis Felipe Henao no solo solicitó la rectificación inmediata de la información, sino que además pidió formalmente a las máximas instancias judiciales del país que verificaran la existencia de cualquier investigación en su contra. La Corte Suprema de Justicia, en respuesta oficial, confirmó que no existe evidencia alguna de proceso penal contra el exministro, desvirtuando así uno de los principales señalamientos realizados por el ministro del Interior.

Aunque en su defensa Benedetti argumentó que sus expresiones no tenían carácter deshonroso, la jueza administrativa determinó que, independientemente de la intención, el efecto concreto había sido la afectación de derechos fundamentales protegidos por la Constitución. La magistrada enfatizó en su fallo la necesidad de proteger especialmente la reputación de ciudadanos frente a declaraciones públicas de funcionarios con amplia capacidad de difusión.

Contenido específico de la orden de rectificación

El texto del fallo judicial es particularmente específico en cuanto a los términos que deben ser rectificados. La jueza ordena expresamente que Benedetti rectifique las siguientes afirmaciones publicadas el 11 de diciembre de 2025:

  • Las referencias a Henao como "bandido, cómplice, lavaperros"
  • Las acusaciones de "aumento patrimonial ilegal"
  • Las insinuaciones de que trabajaba para figuras como "Ñoño Elías y el Ñeñe Hernández"
  • Las afirmaciones sobre "recibir comisiones en Puerta Vallarta, México por parte de Carlos Jacks"

La retractación deberá realizarse en la misma cuenta de la red social X donde se originaron las publicaciones, garantizando así que la rectificación alcance al mismo público que recibió las acusaciones originales. Este aspecto del fallo es particularmente relevante, ya que establece el principio de que las correcciones deben tener el mismo alcance que las afirmaciones cuestionadas.

Implicaciones para el ejercicio de la libertad de expresión en cargos públicos

Este caso judicial trasciende el conflicto personal entre dos figuras políticas para plantear cuestiones fundamentales sobre los límites de la libertad de expresión cuando se ejerce desde cargos públicos. La decisión establece que los funcionarios, especialmente aquellos con amplia visibilidad en redes sociales, tienen responsabilidades adicionales al hacer declaraciones sobre terceros, particularmente cuando estas pueden afectar derechos fundamentales.

El fallo también refuerza la efectividad de la acción de tutela como mecanismo de protección inmediata de derechos constitucionales, demostrando que el sistema judicial colombiano puede responder con celeridad ante situaciones que requieren protección urgente. Para el exministro Henao, la decisión representa no solo una vindicación personal, sino también un reconocimiento institucional de que sus derechos fueron vulnerados.

Mientras se espera el cumplimiento del plazo de cuarenta y ocho horas establecido por la jueza, este caso continuará generando debate sobre la relación entre libertad de expresión, responsabilidad en redes sociales y protección de derechos fundamentales en la era digital.