Polémica por 'mico' en decreto de emergencia que elimina límites de contratación directa
Un presunto 'mico' en el decreto 0175 de 2026, expedido bajo el paraguas de la emergencia económica decretada para atender el frente frío, ha generado duros cuestionamientos políticos y jurídicos en Colombia. El documento, que establece mecanismos para enfrentar la crisis en el sector agropecuario, incluye una disposición que da vía libre a la contratación directa sin límites, saltándose expresamente la Ley de Garantías.
La controvertida disposición
En el polémico numeral del decreto se establece que "las entidades públicas podrán acudir a la modalidad de contratación directa para la adquisición de bienes, servicios y logística necesarios para la ejecución de las medidas del presente decreto". La norma especifica que estas contrataciones estarán sometidas únicamente a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares.
Lo más controvertido es que el decreto explicitamente exceptúa estas contrataciones de la prohibición prevista en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, es decir, la Ley de Garantías que prohíbe a todas las entidades estatales la contratación directa durante los cuatro meses anteriores a las elecciones presidenciales y hasta la segunda vuelta.
Capacidades extraordinarias del estado de excepción
Aprovechando las capacidades extraordinarias que le da el estado de excepción, el presidente Gustavo Petro anunció impuestos y un paquete de medidas con fuerza de ley que serán proferidos sin la aprobación del Congreso. Esta derogación de uno de los principios rectores del mecanismo electoral se suma a otras propuestas polémicas para airear el flujo de caja.
Entre ellas destaca el borrador de decreto que ordena el traslado exprés de 25 billones de pesos de los fondos privados a la estatal Colpensiones, dinero que correspondería a los ahorros de los afiliados que aprovecharon la ventana de oportunidad de la reforma pensional para migrar a esa entidad.
Reacciones políticas y jurídicas
La congresista Angélica Lozano, integrante de las comisiones económicas, cuestionó duramente la medida: "La emergencia invernal exige contratación rápida. Eso no está en discusión. Lo que sí es innegociable es el blindaje total: plan de inversión público, responsables claros, control permanente y rendición de cuentas en tiempo real. La emergencia no puede ser un cheque en blanco para la politiquería".
Para el experto constitucionalista Ramiro Bejarano, la lectura jurídica de la norma tiene matices: "Si esa contratación tiene por finalidad conjurar los hechos que generaron la declaratoria de emergencia no debe caerse, aún cuando violen la ley de garantías".
El abogado Eduardo Salgado comparte esta tesis y afirma que "sí es posible contratar de manera directa en situaciones de emergencia", citando que la Ley 80 de 1993 permite la urgencia manifiesta cuando la continuidad del servicio exige actuación inmediata, y que la Ley 1150 de 2007 reconoce esta causal.
Críticas al uso de la emergencia
Sin embargo, la lectura política apunta a que el Gobierno estaría aprovechando el estado de excepción para sacar, sin el visto bueno del Congreso, normas que no serían estrictamente necesarias para enfrentar el desastre natural.
El columnista y analista político Gabriel Cifuentes señaló: "La emergencia económica puede pasar el filtro constitucional, en el sentido de que lo que establece la Constitución es un hecho previsible. Pero el Gobierno ha mostrado un patrón persistente con el que pretende, a través de estados de excepción, inocular temas que no corresponden a las medidas necesarias para conjurar la emergencia".
Cifuentes agregó que "el decreto podría contemplar otras reglas en lugar de saltarse la Ley de Garantías. Hay todo un presupuesto destinado a emergencias que no está afectado por esta prohibición".
Mecanismos de control
Pese a las críticas, los expertos reconocen que existen mecanismos de control. Salgado destacó que "toda contratación es susceptible de auditoría y si es en el marco de una emergencia se hace auditoría automática por parte de la Contraloría".
El decreto también especifica que las entidades podrán adicionar los contratos vigentes o los que se suscriban para conjurar la crisis, sin que les resulte aplicable la limitación de adición del cincuenta por ciento del valor inicial del contrato, expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Esta polémica se enmarca en un contexto electoral sensible, donde la Ley de Garantías fue creada precisamente para atajar el uso de los recursos públicos con fines políticos en plena época electoral, lo que aumenta la preocupación de diversos sectores sobre el posible uso político de los recursos durante la emergencia.



