Consejo de Estado anula elección de presidente de ISA por graves irregularidades en proceso de selección
La Sección Quinta del Consejo de Estado ha emitido un fallo histórico que anula completamente la elección de Jorge Andrés Carrillo Cardoso como presidente de Interconexión Eléctrica SA ESP (ISA), una de las empresas más importantes del sector energético colombiano. Esta decisión judicial representa un duro golpe a los procesos de selección en empresas estatales y marca un precedente significativo en materia de transparencia administrativa.
Vicios fundamentales en el proceso de designación
Según la detallada sentencia del alto tribunal, se encontraron múltiples irregularidades que afectaron la validez del acto administrativo. "Sí se configuró el vicio de expedición irregular, con capacidad suficiente para afectar la validez del acto demandado", estableció categóricamente la Sección Quinta en su decisión.
Entre los hallazgos más preocupantes se encuentra que se introdujo una modificación sustancial en los criterios de evaluación cuando el proceso de selección ya se encontraba avanzado. Esta alteración ocurrió después de que se había realizado una primera calificación de los aspirantes, donde el señor Carrillo Cardoso ocupaba los últimos lugares en la clasificación.
Beneficio injustificado y vulneración de principios
Las modificaciones implementadas en el proceso "incidieron de manera determinante en el aumento de la puntuación del señor Carrillo Cardoso", según consta en la sentencia. Este cambio permitió que el candidato ascendiera a las primeras posiciones, mientras que la puntuación de los demás aspirantes se vio disminuida de forma significativa.
El Consejo de Estado fue especialmente crítico con el comportamiento de la Junta Directiva de ISA, señalando que asumió funciones técnicas de evaluación que correspondían exclusivamente al Comité de Talento Organizacional. Esta acción representó un claro exceso en su ámbito competencial, ya que su función se limitaba únicamente a elegir al presidente a partir de la terna remitida por dicho comité especializado.
Desatención a evaluaciones profesionales y vulneración de principios
Uno de los aspectos más graves documentados en la sentencia es que fueron desatendidos los resultados de la evaluación realizada por la firma cazatalentos contratada para el proceso. Este informe profesional, que no recibió justificación expresa, objetiva y verificable para su desestimación, concluía claramente que Carrillo Cardoso "no debía ser considerado para un cargo de alta dirección en una empresa de infraestructura grande, regional, pública y financieramente sofisticada como ISA".
La evaluación técnica ubicaba al candidato como "un candidato de menor viabilidad" según las características de su perfil profesional, información que fue ignorada en el proceso final de selección.
Consecuencias y medidas ordenadas
El alto tribunal determinó que estas irregularidades vulneraron gravemente el principio de moralidad administrativa, ya que los miembros del órgano de dirección debieron actuar con integridad, objetividad y sujeción estricta al interés general, principios que claramente no fueron respetados en este caso.
Como consecuencia directa de estas graves fallas procesales, la Sección Quinta ordenó retomar el procedimiento de selección desde el momento anterior a la modificación de la matriz de evaluación que benefició injustificadamente al señor Carrillo Cardoso. Esta medida busca restaurar la transparencia y legalidad en el proceso de designación del máximo directivo de una empresa estratégica para el sector energético nacional.
La decisión del Consejo de Estado establece un precedente importante para futuros procesos de selección en empresas públicas y mixtas, reforzando la necesidad de transparencia, objetividad y respeto a los procedimientos establecidos en la designación de altos directivos.



