El Juzgado 35 Administrativo del Circuito de Bogotá declaró en desacato al presidente Gustavo Petro por negarse a rectificar las declaraciones que realizó en contra de Roberto Moreno Mejía y Luis Alberto Moreno Mejía, hermanos del senador estadounidense Bernie Moreno. La decisión, conocida en primicia por EL TIEMPO, busca proteger los derechos fundamentales a la honra, el buen nombre y la dignidad humana de los afectados.
Antecedentes del fallo
En un primer fallo de tutela, se había ordenado al mandatario que, en un plazo de diez días posteriores a la notificación, aclarara públicamente, a través de un medio con igual despliegue que el utilizado inicialmente, que los señores Moreno Mejía no han sido objeto de ninguna decisión penal y que, por lo tanto, su presunción de inocencia se mantiene intacta respecto a las conductas mencionadas por el presidente.
Dado que Petro no acreditó el cumplimiento de dicha orden, el incidente de desacato fue admitido el pasado 10 de abril. Ahora, el juez José Ignacio Márquez Niño declaró que el mandatario incurrió en desacato por incumplimiento injustificado del fallo.
Sanción impuesta
Como consecuencia, se impuso una sanción pecuniaria consistente en una multa de 150 Unidades de Valor Básico (UVB). Además, se requirió al presidente que, de manera inmediata, efectúe el cumplimiento total de la orden judicial.
Las declaraciones que dieron origen a la controversia fueron realizadas durante el consejo de ministros del 21 de octubre de 2025. En esa ocasión, el presidente se refirió a los hermanos Moreno Mejía en términos que, según el fallo, vulneraron sus derechos fundamentales.
La decisión judicial subraya la importancia de respetar la presunción de inocencia y el derecho al buen nombre, incluso cuando se trata de declaraciones de altos funcionarios del Estado. El presidente Petro deberá ahora cumplir con la rectificación ordenada o enfrentar las consecuencias legales adicionales.



