Últimos días para pagar el ICA en Bogotá: evite sanciones por mora
Pago del ICA en Bogotá: plazo vence el 13 de febrero

Plazo crucial para el pago del ICA en la capital colombiana

Los contribuyentes de Bogotá que realizan actividades económicas formales enfrentan una fecha límite inminente para cumplir con sus obligaciones tributarias. El pago correspondiente al sexto bimestre del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) para el año 2025, que cubre los meses de noviembre y diciembre, tiene como fecha de vencimiento el próximo viernes 13 de febrero de 2026.

Proceso virtual simplificado para el cumplimiento tributario

La Secretaría de Hacienda del Distrito ha establecido un mecanismo completamente digital para facilitar el pago oportuno de esta obligación. Los contribuyentes deben acceder a la plataforma oficial de la entidad y seguir estos pasos:

  1. Ingresar al portal web de la Secretaría de Hacienda
  2. Seleccionar la opción de pagos disponibles
  3. Escoger específicamente la modalidad ICA – ReteICA
  4. Completar la transacción mediante los medios de pago electrónico autorizados

Una vez finalizado el proceso, los usuarios recibirán una confirmación automática en el correo electrónico registrado, enviada desde las direcciones oficiales @ocimail.shd.gov.co o @awsmail.shd.gov.co. Es fundamental verificar que la comunicación provenga de estos remitentes para garantizar la autenticidad de la transacción.

Actualización importante en la plataforma digital

La Secretaría de Hacienda ha implementado recientemente cambios significativos en su sistema virtual. A través de su cuenta oficial en Twitter, @HaciendaBogota, la entidad informó sobre la modificación de la imagen corporativa y el dominio de la plataforma. Los contribuyentes que intenten acceder mediante la dirección anterior serán redirigidos automáticamente al nuevo sitio web, asegurando la continuidad del servicio sin interrupciones.

Perfil de los obligados a declarar el ICA

La normativa tributaria establece criterios específicos para determinar qué personas naturales y jurídicas deben presentar la declaración bimestral del ICA. La obligación aplica para aquellos contribuyentes que durante el año 2024 registraron un impuesto a cargo superior a 391 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalente aproximadamente a $18.402.415 pesos colombianos.

Adicionalmente, el sistema contempla la posibilidad de realizar aportes voluntarios que pueden alcanzar hasta el 10% del valor total del impuesto, una opción que algunos contribuyentes utilizan para demostrar su compromiso con el desarrollo de la ciudad.

Consecuencias del incumplimiento

La Secretaría de Hacienda ha sido enfática en advertir sobre las repercusiones de no pagar el ICA dentro del plazo establecido. Los contribuyentes que no cumplan con esta obligación antes del 13 de febrero de 2026 se exponen a:

  • Aplicación de intereses por mora calculados sobre el valor adeudado
  • Posibles sanciones económicas adicionales
  • Inconvenientes en futuros trámites ante entidades distritales
  • Inclusión en listas de morosidad que pueden afectar la reputación comercial

Las autoridades recomiendan realizar el pago con anticipación para evitar congestiones en el sistema digital durante los últimos días del plazo, especialmente considerando que este impuesto representa una fuente significativa de recursos para financiar proyectos de inversión y servicios públicos en la capital.