TEDH avala hospitalización obligatoria de mujer que quería parto en casa
TEDH avala hospitalización obligatoria por parto de riesgo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha respaldado una decisión de la justicia española que ordenó la hospitalización forzosa de una mujer que quería dar a luz en su domicilio, pero cuyo parto presentaba riesgos para el bebé. La sentencia, publicada este jueves, rechaza la demanda de la mujer, identificada como C.P., de nacionalidad francesa y residente en Posada de Llanera, Asturias.

Antecedentes del caso

En abril de 2019, un juez de guardia, a solicitud del Hospital Universitario Central de Asturias y basándose en un examen médico que evidenciaba riesgos para la madre y el feto, ordenó el traslado de la mujer al hospital. Un equipo de ambulancia y policía acudió a su domicilio, y ella finalmente aceptó ser internada. Su hija nació el 26 de abril mediante una cesárea de urgencia.

Recursos judiciales en España

La mujer llevó el caso ante la justicia española, primero ante un tribunal de primera instancia y luego ante el Tribunal Constitucional, que en junio de 2022 rechazó su recurso de amparo. El Constitucional confirmó que la decisión del juez de guardia fue pertinente para proteger la vida y la salud de la madre y la hija.

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Decisión del TEDH

El TEDH coincide con el análisis del Tribunal Constitucional español. Considera que los motivos para la hospitalización forzosa fueron "pertinentes y suficientes" para justificar la injerencia en la privacidad de la mujer, quien deseaba un parto en casa con una matrona, práctica permitida por la normativa española.

El tribunal europeo subraya que el objetivo era "preservar la vida y la salud del hijo por nacer" y que la medida era "apropiada" para garantizar un parto seguro, al no existir "ninguna medida menos restrictiva". Además, señala que el hecho de que el bebé naciera por cesárea confirma que existía un riesgo elevado.

Margen de apreciación de las autoridades

El TEDH recuerda que las autoridades nacionales tienen un margen de apreciación en políticas sanitarias, y en este caso, ese margen era "amplio" para equilibrar el derecho de la madre a elegir el lugar del parto y los riesgos evidenciados por los exámenes médicos.

Derecho a la libertad

El tribunal también rechaza el argumento de la mujer sobre una violación de su derecho a la libertad, señalando que no hubo coerción ni intención de arrestarla. Destaca que no estuvo aislada, pudo contactar con otras personas y su pareja la acompañó en todo momento.

La sentencia del TEDH es firme y no admite recurso.

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