Condena firme por intento de homicidio contra mujer en Antioquia
La Corte Suprema de Justicia confirmó definitivamente la condena de más de trece años de prisión contra un hombre que intentó asesinar a su pareja en el municipio de El Retiro, departamento de Antioquia. El ataque, ocurrido el 4 de octubre de 2015, tuvo como detonante un conflicto relacionado con un posible embarazo de la víctima y su negativa a practicarse un aborto.
Un caso que recorrió todas las instancias judiciales
Inicialmente, un juzgado de primera instancia había absuelto al acusado, identificado como Zuluaga Ossa, al considerar que el testimonio de la víctima no era suficientemente creíble y que faltaban pruebas contundentes. Sin embargo, esta decisión fue revocada en 2021 por el Tribunal Superior de Antioquia, que impuso una pena superior a los trece años de cárcel por el delito de tentativa de homicidio.
La defensa del condenado presentó un recurso de casación, pero la Corte Suprema respaldó íntegramente la sentencia del Tribunal antioqueño. Los magistrados determinaron que el relato de la mujer era coherente y estaba sólidamente corroborado por pruebas médicas y testimonios periciales.
Los hechos violentos que conmocionaron a El Retiro
Según la investigación fiscal, el agresor intentó asfixiar a su pareja utilizando una bolsa plástica. Posteriormente, la víctima fue encontrada en un río cercano con múltiples lesiones en distintas partes de su cuerpo. La Corte Suprema analizó minuciosamente las evidencias y concluyó que las heridas localizadas en el cuello, la cabeza y el torso eran compatibles con una maniobra de asfixia seguida de una caída al caudal fluvial.
Este análisis refuerza la hipótesis de que se trató de un intento premeditado de homicidio, descartando versiones alternativas que pudieran sugerir un accidente o una agresión de menor gravedad.
El conflicto por el embarazo como detonante principal
El alto tribunal hizo especial énfasis en que, aunque existían dudas sobre si la joven efectivamente estaba embarazada en el momento de los hechos, esta circunstancia no desvirtúa en absoluto la naturaleza criminal de la agresión. Por el contrario, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema consideró que el conflicto por este tema fue el detonante claro del ataque violento.
La decisión judicial sienta un precedente importante al señalar que, en el sistema penal colombiano, una condena puede sustentarse legítimamente incluso en el testimonio de una sola persona, siempre que este sea consistente, verosímil y esté respaldado por otros elementos probatorios objetivos, como ocurrió en este caso particular.
El fallo representa un mensaje contundente contra la violencia de género y refuerza la protección judicial a las víctimas de agresiones por parte de sus parejas sentimentales, especialmente en contextos donde existen conflictos relacionados con la autonomía reproductiva de las mujeres.



