Alerta judicial por crisis en atención pediátrica nacional
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha emitido un fallo histórico que advierte sobre una amenaza real y verificable en el acceso a servicios de salud para niños y niñas en Colombia. La decisión judicial, resultado de una acción popular promovida por el abogado Germán Humberto Rincón Perfetti, ordena al Estado adoptar medidas regulatorias y de planeación inmediatas para evitar que el problema se agrave en el sistema de salud nacional.
Reducción preocupante de camas pediátricas
Según el análisis del Tribunal, basado en información oficial y de organizaciones especializadas, se ha registrado una reducción significativa en la hospitalización pediátrica general, que pasó de 5.344 a 4.897 camas a nivel nacional. Aunque los servicios neonatales crecieron considerablemente (de 1.681 a 2.082 camas) y las Unidades de Cuidado Intensivo pediátricas aumentaron a 352 camas proyectadas para 2025, el balance general es profundamente desigual y preocupante.
El magistrado Moisés Rodrigo Mazabel, autor de la decisión, encontró que existen señales alarmantes que no pueden ser desestimadas, entre ellas:
- Reducción de servicios en territorios específicos
- Variaciones drásticas en disponibilidad de camas
- Ausencia de información consolidada nacional
- Falta de herramientas técnicas para medir suficiencia del sistema
Desigualdad territorial en la oferta de servicios
La situación presenta marcadas diferencias regionales que agravan el problema. En regiones como Antioquia y Bogotá se concentran las mayores pérdidas de camas generales, aumentando considerablemente la presión sobre la atención infantil. Territorios como San Andrés y Chocó enfrentan los escenarios más críticos por la reducción simultánea de hospitalización y servicios neonatales.
Departamentos como Huila no logran compensar la pérdida de camas generales pese a aumentos en cuidados especializados, mientras que en zonas apartadas como Vaupés y Vichada, la baja capacidad inicial y su posterior disminución agravan la brecha en acceso a servicios pediátricos. En contraste, algunos territorios como Cesar y Atlántico registran aumentos, y casos como Cundinamarca compensan caídas con expansión neonatal, evidenciando una distribución territorial desigual en la oferta de servicios.
Vacíos regulatorios y órdenes judiciales
La sentencia pone especial énfasis en los vacios regulatorios existentes. El Tribunal cuestiona específicamente que no existan restricciones claras frente al cierre de servicios pediátricos, incluso en contextos de alta ocupación hospitalaria. Según el fallo, aunque se exige reportar el cierre de camas pediátricas y notificar al ente territorial cuando se produce el cierre total del servicio, el Ministerio de Salud no ha contemplado la prohibición del cierre de capacidad instalada ni siquiera cuando existan niveles de ocupación críticos.
Entre las principales órdenes emitidas por el Tribunal se encuentran:
- Expedición de regulación en seis meses que defina niveles de ocupación de camas pediátricas
- Establecimiento de criterios técnicos para evaluar la suficiencia del servicio
- Diseño de un modelo nacional que permita planificar la oferta de camas pediátricas con base en la demanda real
- Realización de estudios regionales por parte de entidades territoriales para determinar capacidad suficiente
- Creación de sistemas de seguimiento a quejas por falta de camas pediátricas
- Generación de reportes periódicos y publicación de información agregada sobre capacidad instalada
Nuevas condiciones para el cierre de servicios
Aunque el Tribunal no accedió a prohibir totalmente el cierre de camas pediátricas o reabrir las que han sido cerradas en los últimos años, sí impuso nuevas condiciones estrictas. A partir del fallo, cuando existan niveles de ocupación elevados, el cierre de servicios deberá someterse a un procedimiento especial donde las instituciones prestadoras de salud deberán justificar exhaustivamente su decisión.
Las autoridades sanitarias estarán obligadas a evaluar cada caso y pronunciarse mediante actos administrativos debidamente motivados, estableciendo un control más riguroso sobre las decisiones que afecten la capacidad de atención pediátrica. Además, se conformará un comité especial para verificar el cumplimiento de la sentencia, lo que implica un seguimiento judicial continuo a las órdenes impartidas.
El fallo representa un llamado de atención urgente al sistema de salud colombiano y establece un precedente importante para la protección del derecho a la salud de la población infantil, especialmente en un contexto donde persisten desigualdades territoriales y vacíos regulatorios que ponen en riesgo la atención oportuna y de calidad para los niños y niñas del país.



