Análisis de Anif alerta sobre riesgos del 'trasteo' masivo de 2,67 millones de afiliados a Nueva EPS
Riesgos del trasteo masivo de afiliados a Nueva EPS según Anif

Análisis de Anif alerta sobre riesgos del 'trasteo' masivo de 2,67 millones de afiliados a Nueva EPS

En medio de una coyuntura crítica para el sector salud colombiano, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0182, una medida que modifica la operación de las EPS y facilita la redistribución masiva de millones de afiliados en diferentes zonas del país. Sin embargo, un informe del Anif advierte que esta reorganización podría concentrar a millones de usuarios en entidades que ya operan al límite, saturando su infraestructura y comprometiendo el acceso efectivo a la salud.

Un sistema con las venas abiertas

Las cifras del sector salud revelan un panorama alarmante. El patrimonio agregado de las EPS pasó de -0,3 billones de pesos en 2021 a -15,8 billones en noviembre de 2025, incluso sin incluir los reportes de Nueva EPS. Esta caída se ha traducido en deudas crecientes con la red hospitalaria, provocando limitaciones y cierres de servicios esenciales.

Además, la tasa de reclamos por cada 10.000 afiliados experimentó un aumento significativo:

  • De niveles cercanos a 10 en 2017
  • A 43 en el régimen contributivo al inicio de 2026
  • Y 23,7 en el régimen subsidiado para el mismo periodo

Las principales inconformidades incluyen negación de tecnologías en salud, servicios autorizados, citas y exámenes, junto con dificultades persistentes en el acceso a la atención médica.

La apuesta del Decreto 0182 y sus contradicciones

El Gobierno sustenta el decreto en tres argumentos centrales:

  1. La fragmentación excesiva del aseguramiento en territorios con poca población impide alcanzar economías de escala
  2. Las EPS con bases pequeñas de afiliados no pueden sostener redes de prestación suficientes
  3. El deterioro de una EPS pequeña puede generar efectos en cadena que comprometan la continuidad del aseguramiento

Sin embargo, el análisis de Anif revela una relación preocupante: a mayor número de afiliados en un departamento, mayor es la tasa de quejas y reclamos. Esto sugiere que la escala poblacional por sí sola no garantiza una mejor operación de los prestadores de servicios de salud.

Nueva EPS: el receptor preferente del trasteo masivo

La reorganización territorial implica que algunas EPS dejarán de operar en ciertos municipios, derivando en el traslado forzoso de millones de afiliados. Un elemento crítico del decreto es que Nueva EPS, al concentrar más del 20% de los afiliados a nivel nacional (23,1%), queda exenta de la reorganización y mantiene su autorización en todo el país sin restricciones.

En municipios donde los criterios reduzcan la operación a una sola EPS, Nueva EPS operaría como receptora preferente. Anif estima que el número de traslados a esta entidad podría rondar los 2.670.000 afiliados.

La situación se agrava al examinar el desempeño reciente de Nueva EPS:

  • Su tasa de quejas alcanzó 441 reclamos por cada 10.000 afiliados al inicio de 2026
  • Esta tasa ha venido aumentando de forma sostenida
  • La entidad ya concentra una participación significativa de afiliados en el país

Impacto territorial y riesgos operativos

La absorción de este volumen masivo de nuevos usuarios presenta desafíos considerables:

  • En departamentos como Nariño y Caquetá, Nueva EPS recibiría más del doble de afiliados que tiene actualmente
  • En Bolívar, Putumayo, Sucre y Cundinamarca se superaría el número actual en porcentajes que van del 48% al 85%
  • Absorber estos usuarios exige ampliar contratos con IPS, garantizar disponibilidad de personal médico y especialistas, actualizar registros clínicos y reorganizar procesos administrativos

Todos estos cambios deben implementarse dentro de los escasos tres meses que contempla el decreto, un plazo que Anif considera insuficiente para garantizar una transición ordenada.

La libre escogencia en riesgo

Finalmente, el decreto plantea preocupaciones sobre el derecho a la libre escogencia. Permitir que opere una única EPS en un municipio elimina, en la práctica, esta garantía fundamental para los afiliados. Aunque los usuarios podrían trasladarse luego de 60 días de su primera reubicación, el decreto convierte la libre escogencia en un derecho limitado y subordinado a dilaciones administrativas.

Para Anif, que la principal receptora de traslados sea precisamente una EPS con una de las tasas de quejas más altas a nivel nacional no es una anomalía menor. Representa una señal clara de que la reorganización podría trasladar a millones de colombianos hacia una entidad que ya opera con indicadores deficientes en la prestación del servicio, empeorando la situación de acceso a la salud en todo el país.