Hidrólisis alcalina: método para disolver cuerpos es legal en Colombia
Hidrólisis alcalina ya es legal en Colombia pese a rechazo

En una decisión que reabre el debate sobre los métodos de disposición final de cadáveres en Colombia, el Ministerio de Salud y Protección Social autorizó, mediante la Resolución 717 de 2026, el uso de la hidrólisis alcalina. Esta técnica química permite la descomposición de cuerpos humanos mediante agua y soluciones alcalinas, bajo condiciones controladas de calor, presión y agitación.

¿Qué es la hidrólisis alcalina?

De acuerdo con el documento oficial, la hidrólisis alcalina es un proceso químico en el que el cuerpo es introducido en un equipo hermético. Allí, los tejidos blandos se disuelven, generando restos óseos y un efluente líquido considerado inocuo. Tras procesos adicionales, se obtienen cenizas humanas equivalentes a las de la cremación, que pueden ser tratadas, almacenadas y dispuestas en cenizarios bajo las mismas condiciones sanitarias.

Requisitos y restricciones

Para su implementación, las empresas funerarias deberán contar con autorización expresa del fallecido en vida o de sus familiares, utilizar equipos certificados y operar en establecimientos autorizados. Además, deberán acatar la normativa ambiental, especialmente en el manejo de los efluentes líquidos. El procedimiento requerirá la misma licencia que la cremación, expedida por autoridades municipales o distritales.

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No obstante, se fijaron restricciones claras: no podrá aplicarse en cadáveres no identificados o no reclamados, en víctimas de desastres naturales, y en algunos casos dependerá de autorizaciones judiciales. En contraste, sí podrá utilizarse de manera inmediata en muertes por enfermedades transmisibles o que representen un grave riesgo para la salud pública.

Vacíos y flexibilidades frente al proyecto de ley

Aunque la Resolución 717 es presentada como un avance, el análisis técnico reconoce que es más flexible que el proyecto de ley archivado en el Congreso. Entre las diferencias está la ausencia de un Plan de Manejo de Riesgos obligatorio, que en el proyecto legislativo contemplaba protocolos específicos frente a incidentes con químicos o fallas técnicas. Tampoco se incluyen disposiciones sobre contingencias en escenarios de emergencia climática o restricción hídrica. Otro punto crítico es la falta de un plazo definido para el almacenamiento de registros de cada procedimiento, lo que podría generar disparidades en la trazabilidad.

Preocupaciones ambientales y sanitarias

El mayor vacío identificado está relacionado con el tratamiento del efluente líquido generado. Aunque se exige el cumplimiento de la normativa ambiental, no se establecen parámetros fisicoquímicos mínimos ni estándares técnicos específicos, lo que deja en manos de las autoridades ambientales territoriales la regulación de estos aspectos. Adicionalmente, la normativa no contempla una prohibición expresa del uso de la hidrólisis alcalina en contextos de conflicto armado, a diferencia del proyecto de ley que sí lo establecía. Tampoco se detallan condiciones técnicas específicas para la infraestructura requerida, como ventilación, manejo de sustancias químicas o protocolos ante derrames, lo que evidencia la necesidad de reglamentaciones posteriores.

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