Bogotá propone decreto para regular ventas informales y recuperar espacio público
Decreto regularía ventas informales en espacio público de Bogotá

Bogotá busca reordenar el espacio público con nuevo decreto para ventas informales

La constante puja por el espacio público en la capital colombiana está a punto de tener un nuevo capítulo regulatorio. Mientras miles de vendedores informales dependen económicamente de las ventas en andenes y plazas, la administración distrital ha decidido actuar con determinación para reorganizar estos espacios. Con un borrador de decreto ya sobre la mesa, la Alcaldía Mayor de Bogotá ha puesto en evidencia su estrategia para transformar la gestión del comercio informal en la ciudad.

Transformación en la gestión del comercio informal

El proyecto de decreto presentado por la administración busca modificar sustancialmente el Decreto Único del Sector Gobierno, estableciendo reglas claras y precisas para la organización, recuperación y preservación del espacio público bogotano. El objetivo central, según ha explicado el gobierno distrital, es encontrar un equilibrio justo entre el derecho al trabajo de los vendedores informales y el derecho de toda la ciudadanía a disfrutar de entornos urbanos seguros, ordenados y con movilidad fluida.

Estudios técnicos y capacidad máxima

Entre las medidas más destacadas del borrador se encuentran la caracterización exhaustiva de los vendedores informales y la cartografía detallada del espacio público disponible. El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP) será la entidad encargada de realizar estudios técnicos especializados para calcular la capacidad máxima de personas que pueden ejercer ventas informales en cada zona específica de la ciudad.

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La meta fundamental es garantizar que la actividad comercial no afecte negativamente la movilidad peatonal y vehicular, la seguridad ciudadana, ni el libre tránsito de los bogotanos. La cantidad exacta de puestos permitidos en cada sector se definirá mediante una fórmula matemática oficial que considerará múltiples variables urbanísticas.

Zonas de Manejo Especial y perímetros permitidos

De expedirse finalmente el decreto, la Alcaldía dispondrá de un plazo máximo de seis meses para definir áreas específicas en las diferentes localidades donde, por razones estrictas de seguridad y orden público, quedará terminantemente prohibido realizar cualquier tipo de ventas informales. Estas denominadas Zonas de Manejo Especial serán concertadas directamente con la Policía Metropolitana y las respectivas Alcaldías Locales, manteniendo la posibilidad de modificaciones según evolucionen las necesidades de convivencia urbana.

Paralelamente, el DADEP y el Instituto para la Economía Social (IPES) deberán emitir un mapa oficial con los perímetros exactos donde sí está permitido el aprovechamiento económico del espacio público. Para definir estas zonas permitidas se cruzarán tres datos fundamentales:

  • Los protocolos de aprovechamiento establecidos por el IPES.
  • Los resultados de los estudios de carga realizados por técnicos especializados.
  • La verificación de que no coincidan con las Zonas de Manejo Especial previamente establecidas.

Compromisos institucionales y reubicaciones

El IPES quedará formalmente obligado a respetar estos límites de ocupación máxima cuando realice procesos de reubicación o relocalización de vendedores informales, evitando así el hacinamiento en andenes, plazas y otros espacios públicos de la ciudad. Esta medida busca prevenir la sobreocupación que históricamente ha caracterizado algunas zonas comerciales de Bogotá, donde la acumulación de puestos informales ha dificultado la circulación peatonal y generado problemas de convivencia.

La implementación de este decreto representaría un cambio significativo en la gestión del espacio público bogotano, buscando conciliar intereses aparentemente contrapuestos mediante herramientas técnicas y procesos participativos que involucren a todos los actores urbanos relevantes.

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