Corte Constitucional amplía el acceso al reconocimiento de hijos de crianza
La Corte Constitucional de Colombia ha emitido una importante aclaración sobre el procedimiento para el reconocimiento judicial como hijo o hija de crianza, estableciendo que esta solicitud no está limitada exclusivamente a los padres de crianza.
Decisión histórica sobre la Ley 2388 de 2024
La Sala Plena del alto tribunal declaró constitucional el parágrafo 2º del artículo 3 de la Ley 2388 de 2024, conocida como la ley "Por medio de la cual se dictan disposiciones sobre la familia de crianza". Sin embargo, la Corte estableció una condición fundamental para su aplicación.
"El procedimiento de jurisdicción voluntaria allí previsto también podrá ser promovido por quien pretenda la declaración judicial como hija o hijo de crianza", precisó la Corte en su decisión, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Juan Carlos Cortés.
Crítica de la Procuraduría a la omisión legislativa
La Procuraduría General de la Nación había manifestado que el Congreso "incurrió en una omisión legislativa relativa" al regular este mecanismo. Según el organismo de control, la norma original excluía expresamente a los hijos de crianza como sujetos legitimados para solicitar la declaración judicial de su vínculo familiar.
"Se constata que dicha exclusión se observa en la norma demandada, en tanto otorga legitimación exclusivamente a los padres de crianza para acudir ante el juez", señaló la Procuraduría en su intervención.
Avance en la protección de derechos familiares
La decisión judicial representa un avance significativo en la protección de los derechos de las familias de crianza en Colombia. La Procuraduría había advertido que la exclusión inicial de los hijos de crianza del proceso de reconocimiento constituía un desconocimiento de la evolución normativa y jurisprudencial reciente sobre este tipo de familias.
"Tal exclusión representa un desconocimiento de la evolución normativa y jurisprudencial reciente en Colombia acerca de la familia de crianza", afirmó el organismo de control, destacando que constitucionalmente deberían tener acceso igualitario a esa protección.
Implicaciones prácticas del fallo
La aclaración de la Corte Constitucional tiene importantes implicaciones prácticas:
- Amplía el espectro de personas que pueden iniciar el procedimiento de reconocimiento
- Garantiza el derecho de los hijos de crianza a solicitar formalmente su estatus
- Armoniza la legislación con los principios constitucionales de igualdad
- Refuerza la protección jurídica de las relaciones familiares no biológicas
Esta decisión se enmarca en un contexto de creciente reconocimiento de las diversas formas de familia en el ordenamiento jurídico colombiano, consolidando derechos que anteriormente podían verse limitados por interpretaciones restrictivas de la ley.