Fallo judicial obliga a Colpensiones a garantizar notificaciones accesibles para personas con discapacidad visual
Fallo obliga a Colpensiones a dar notificaciones accesibles a ciegos

Fallo histórico garantiza acceso a la justicia para personas con discapacidad visual en procesos pensionales

Un fallo judicial sin precedentes en el área metropolitana de Barranquilla ha establecido una nueva obligación para Colpensiones: garantizar notificaciones accesibles para personas con discapacidad visual. El caso, que involucró a un ciudadano con ceguera total producto de glaucoma terminal, marca un hito en la protección del debido proceso para poblaciones vulnerables.

La notificación que nunca pudo ser leída

La situación comenzó en 2025 cuando el ciudadano, quien trabajaba como instalador de aires acondicionados, inició su proceso de calificación de pérdida de capacidad laboral debido al avance de su enfermedad. El problema fundamental no radicó en la decisión de fondo de Colpensiones, sino en la forma completamente inaccesible en que fue comunicada.

"El señor no tuvo acceso material a la notificación. Al tratarse de una persona con ceguera total, no pudo conocer el contenido del dictamen y, por ende, no pudo ejercer su derecho a la defensa dentro del término legal", explicó Alanys Graterol Cueto, egresada de la Universidad del Norte que lideró la defensa.

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El plazo para presentar inconformidad era de apenas 10 días hábiles, pero el usuario solo pudo hacerlo casi un mes después, al no poder acceder al contenido del mensaje enviado por correo electrónico. La respuesta automática de Colpensiones fue rechazar el recurso por extemporáneo, cerrando aparentemente cualquier posibilidad de defensa.

Intervención del Consultorio Jurídico de la Universidad del Norte

Cuando el caso llegó al Consultorio Jurídico de la Universidad del Norte en diciembre de 2025, el panorama parecía adverso. Sin embargo, el equipo identificó una clara vulneración al debido proceso que abría una puerta legal.

"Colpensiones no implementó ajustes razonables para garantizar el acceso a la información, lo que generó una carga desproporcionada sobre una persona con discapacidad", sostuvo Graterol durante el proceso.

Con base en precedentes establecidos por la Corte Constitucional, la egresada presentó una acción de tutela como agente oficiosa, representando al usuario afectado. La estrategia legal se centró en demostrar que la falta de accesibilidad constituía una barrera injustificada al ejercicio de derechos fundamentales.

Decisión judicial que marca precedente

El 6 de febrero de 2026, el Juzgado Séptimo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Soledad falló de manera contundente a favor del ciudadano. La decisión judicial incluyó órdenes específicas y transformadoras:

  • Dejar sin efectos la firmeza del dictamen original de Colpensiones
  • Rehacer completamente la notificación bajo criterios estrictos de accesibilidad
  • Reabrir los términos procesales para que el afectado pudiera ejercer su derecho a la defensa
  • Exigir que futuras notificaciones se entreguen en formatos compatibles con lectores de pantalla
  • Requerir que se incluya un resumen claro y mecanismos de lectura por voz

Impacto más allá del caso individual

Para el docente asesor Fabián Andrés Díaz Hernández, este caso trasciende lo meramente jurídico: "La discapacidad no está en la persona, sino en las barreras que impone el entorno. Aquí hubo una barrera comunicacional que impidió el ejercicio de derechos fundamentales".

El proceso permitió que el ciudadano finalmente presentara su inconformidad, que ahora está en estudio ante la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Atlántico. Sin embargo, el caso también evidenció fallas persistentes en el sistema, ya que según el Consultorio Jurídico, la entidad volvió a presentar dificultades en la notificación, obligando a que la propia representante legal leyera el contenido al usuario.

Para Alanys Graterol, la experiencia tuvo un profundo impacto personal y profesional: "Ver que se respeten los derechos de una persona, incluso antes de graduarme, reafirma mi vocación por el Derecho y la justicia social".

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Un precedente con alcance nacional

Este fallo no solo beneficia a un ciudadano particular, sino que establece un precedente jurídico de alcance nacional sobre la obligación de todas las entidades estatales de garantizar comunicaciones accesibles. La decisión es especialmente relevante en una región como el Caribe colombiano, donde miles de personas enfrentan barreras similares para ejercer sus derechos pensionales y laborales.

El caso demuestra cómo las instituciones deben adaptar sus procedimientos para incluir a todas las personas, independientemente de sus condiciones físicas. La sentencia sienta las bases para futuras reclamaciones y obliga a las entidades públicas a repensar sus sistemas de notificación desde una perspectiva de inclusión y accesibilidad universal.