La JEP en la mira electoral: debate sobre justicia transicional y fuerzas militares
JEP en debate electoral: justicia transicional y militares

La JEP bajo fuego cruzado en el escenario electoral colombiano

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se ha convertido nuevamente en un tema central del debate político, con declaraciones contundentes de figuras que aspiran a cargos de elección popular. Abelardo de la Espriella ha afirmado categóricamente que "en mi gobierno la impresentable JEP desaparecerá", mientras que Paloma Valencia cuestiona: "¿No es adecuado que podamos tener diferenciación como se prometió en el juzgamiento de la Fuerza Pública?".

Argumentos a favor de un tratamiento diferenciado

La candidata de derecha sostiene que la Fuerza Pública merece un juzgamiento diferencial, argumentando con al menos tres factores fundamentales:

  1. Toda guerrilla opera al margen de la ley, mientras que la Constitución establece que la defensa nacional corresponde específicamente al Ejército, la Armada y la Fuerza Aeroespacial Colombiana.
  2. Los guerrilleros no reciben pensiones financiadas con impuestos ciudadanos, derecho constitucionalmente protegido para los miembros de la Fuerza Pública que honran su mandato.
  3. Los guerrilleros no son condecorados en nombre de los colombianos, honor que sí reciben los militares destacados.

Este debate se intensifica al contrastar casos específicos: mientras ningún máximo responsable de las ex FARC ha recibido condena de prisión, el exmilitar Publio Hernán Mejía enfrenta una pena de veinte años por su responsabilidad como comandante del Batallón La Popa.

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Mecanismos procesales y consecuencias

Cuando los comparecientes ante la JEP -ya sean exguerrilleros o exmilitares- no reconocen sus delitos ni contribuyen a la verdad en los juicios dialógicos, sus casos pasan al procedimiento adversarial. Actualmente, cinco casos atraviesan este proceso, reducidos de seis después de que el coronel (r) Germán Alberto León reconociera sus crímenes ante las familias de las víctimas.

En el caso de Mejía, el juicio adversarial demostró su responsabilidad penal en 35 hechos que resultaron en el asesinato de 72 civiles, algunos de ellos desaparecidos y torturados. Ni en el proceso dialógico ni en el adversarial aceptó los cargos, lo que afectó sustancialmente su situación procesal.

Impacto real de la justicia transicional

Lo que frecuentemente se omite en el discurso político es el impacto concreto de la JEP sobre los miembros de la fuerza pública. Desde la firma del Acuerdo de Paz:

  • 2.114 miembros de la fuerza pública han quedado en libertad, habiendo enfrentado condenas entre 30 y 60 años de prisión por crímenes cometidos durante su servicio.
  • 702 uniformados más han obtenido libertad condicional.
  • En total, 2.816 exmilitares han salido de la cárcel gracias a la justicia transicional.

Adicionalmente, la JEP ha concedido 497 renuncias a la persecución penal contra uniformados que no son considerados máximos responsables, ha suspendido 175 órdenes de captura y ha precluido 108 investigaciones.

Balance estadístico y perspectivas futuras

En los estrados de la JEP han comparecido:

  • 76 terceros civiles
  • 4.596 miembros de la Fuerza Pública
  • 12.350 exintegrantes de las FARC
  • 97 agentes del Estado no uniformados

Hasta el momento, se han emitido 19 condenas en dos sentencias restaurativas -ambas apeladas y en revisión-, mientras que en 21 autos se han imputado 304 máximos responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad, distribuidos entre doce ex FARC, diez exmilitares y un caso mixto.

Aunque la JEP cuenta con un blindaje institucional de doce años, no es intocable. Podría desaparecer o ser modificada mediante una reforma constitucional a través de referendo, acto legislativo o asamblea constituyente. El uso del tribunal de paz en el discurso electoral pretende proyectar una imagen de "protección a los militares", pero en realidad desconoce el funcionamiento específico de este mecanismo y no reconoce adecuadamente a aquellos uniformados que sí han honrado su juramento constitucional.

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Para quienes temen a la verdad, al juicio de la Historia y a su sentencia sin posibilidad de apelación -la memoria colectiva-, la JEP resulta "impresentable". Sin embargo, los datos contrastados con juicios públicos, autos y estadísticas oficiales de la jurisdicción especial revelan una realidad más compleja y matizada que la presentada en las arengas electorales.