Consejo de Estado ratifica que EPM debe pagar 781.828 millones a Hidroituango por incumplimientos
EPM debe pagar 781.828 millones a Hidroituango por fallo del Consejo de Estado

Consejo de Estado ratifica millonaria condena contra EPM por incumplimientos en Hidroituango

La Sección Tercera del Consejo de Estado dejó en firme una decisión que obliga a Empresas Públicas de Medellín (EPM) a pagar la suma de $781.828.888.350 a la Sociedad Hidroituango S.A.S. por incumplimientos contractuales durante la construcción de la hidroeléctrica de Ituango. Este fallo ratifica el laudo arbitral emitido en 2023 que ya había condenado a la empresa antioqueña.

Origen del conflicto contractual

El conflicto se remonta al contrato de Construcción, Operación, Posesión, Mantenimiento y Transferencia (conocido como Boomt por sus siglas en inglés) suscrito en marzo de 2011 entre ambas entidades. Hidroituango presentó una demanda alegando que EPM incumplió con la construcción de la obra para su entrada en operación comercial dentro de los plazos establecidos contractualmente, especialmente tras la crisis que afectó el proyecto en 2018.

La demanda inicial contenía más de 70 pretensiones, mientras que el laudo arbitral que resolvió el pleito consta de más de 300 páginas donde se detallan las consideraciones de los árbitros frente a las demandas de ambas partes.

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Proceso arbitral y apelación

En 2023, el tribunal arbitral compuesto por Ruth Stella Correa Palacio, Jaime Humberto Tobar Ordóñez y Fernando Pabón Santander condenó a EPM al pago de la millonaria suma. Sin embargo, la empresa presentó una apelación ante el Consejo de Estado en 2024, argumentando que el fallo había sido desproporcionado y no consideraba aspectos jurídicos clave.

Inicialmente, el Consejo de Estado aceptó la apelación y emitió una medida cautelar que suspendió temporalmente el pago. No obstante, tras revisar los argumentos presentados por EPM, la Sección Tercera determinó que "los alegatos presentados por EPM para buscar la desestimación del laudo arbitral no tenían fundamento en derecho", según consta en la resolución.

Fallo definitivo y consecuencias

La decisión fue adoptada por los magistrados Alberto Montaña Plata (presidente del Consejo de Estado), Nicolás Yepes y William Barrera (conjueces). En su quincuagésima séptima resolución, la alta corte ratificó íntegramente el laudo arbitral que condena a EPM a pagar la suma mencionada "por concepto de las Cláusulas Penales de Apremio por Incumplimiento de Hitos".

El texto del fallo señala específicamente: "Condenar a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E. S. P. - EPM a pagar a HIDROELÉCTRICA ITUANGO S. A. E. S. P. - HIDROITUANGO la suma de $781.828.888.350 por concepto de las 'Cláusulas Penales de Apremio por Incumplimiento de Hitos', entre la fecha en que se hicieron exigibles y la fecha del laudo".

Consultada por EL TIEMPO sobre su posición frente a esta decisión definitiva, EPM indicó que por el momento no tiene un pronunciamiento oficial al respecto. La empresa ahora deberá proceder con el pago de la cifra establecida, marcando un hito significativo en la compleja historia del proyecto hidroeléctrico de Ituango.

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