Gobierno modifica reglas de nombramiento de superintendencias: ¿cumplimiento o alejamiento de la Ocde?
El Gobierno Nacional ha expedido recientemente el Decreto 0226 de 2026, el cual introduce modificaciones sustanciales en las reglas de nombramiento de las superintendencias de Industria y Comercio, Financiera y de Sociedades. Esta medida ha generado un intenso debate en el ámbito político y regulatorio, con algunos sectores argumentando que representa una violación de los lineamientos establecidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde), lo que podría deteriorar gravemente la calidad de las políticas regulatorias del país.
El contexto histórico de la relación con la Ocde
Cuando Colombia ingresó a la Ocde en el año 2020, se comprometió a adaptar sus instituciones a los estándares de gobernanza promovidos por esta organización internacional. En el caso específico de los entes de control, la Ocde recomienda que quienes los dirijan mantengan una independencia del Ejecutivo y posean credenciales profesionales adecuadas para garantizar una regulación efectiva y transparente.
Mediante el Decreto 1785 de 2014, el Gobierno colombiano tomó dos decisiones clave que apuntaban en esa dirección:
- Fijar el periodo de los superintendentes en cuatro años, sin posibilidad de ser removidos sin justa causa.
- Exigir requisitos profesionales y de experiencia en el sector, con un mínimo de diez años.
Sin embargo, es crucial destacar que ni el periodo de cuatro años, ni su fijeza, ni el requisito de experiencia de diez años forman parte explícita de la recomendación original de la Ocde. Esta fue una interpretación propia del Gobierno colombiano en su momento.
El giro judicial y la situación actual
Con el tiempo, esta interpretación resultó ser insostenible desde el punto de vista legal. En la Sentencia 2015-00542 de 2020, el Consejo de Estado anuló la fijación del periodo de los superintendentes, lo que devolvió estos cargos a la condición de libre nombramiento y remoción por parte del presidente de la República. Desde entonces, Colombia se ha apartado del espíritu de la recomendación de la Ocde, sin que hasta el momento se haya encontrado una fórmula para retomarlo.
Actualmente, a solicitud de la Superintendencia de Industria y Comercio, se adelanta con la Ocde un proceso de revisión de pares que busca identificar oportunidades de mejora en la entidad. Se espera que el informe resultante sirva para reabrir el debate sobre la autonomía de este órgano respecto a la Presidencia de la República.
Los riesgos de los requisitos excesivos
En lo que respecta a las cualificaciones para el cargo, la Ocde nunca ha establecido lineamientos explícitos sobre cómo deben estar reglamentadas. A primera vista, podría parecer que la manera de cumplir con sus recomendaciones es imponiendo los requisitos más exigentes posibles, pero esta vía entraña riesgos significativos.
La misma Ocde, en un estudio comparativo sobre política regulatoria, ha advertido que requisitos muy estrictos pueden impedir el nombramiento de personas idóneas. Imponer barreras excesivas abre la posibilidad de una captura regulatoria soterrada, donde los criterios podrían ser manipulados para beneficiar intereses particulares.
Por ejemplo, si para ser miembro de la junta directiva del Banco Agrario se exigieran quince años de experiencia en empresas exportadoras del sector agroindustrial, esto podría prestarse para "puertas giratorias" malsanas y conflictos de interés. En el caso del Decreto 1785 de 2014, que estableció un requisito de diez años de experiencia en el sector, surgen preguntas fundamentales:
- ¿Por qué diez años y no cinco o tres?
- ¿Necesita un superintendente, que cuenta con un equipo de apoyo técnico, diez años de familiaridad con el área para desempeñar sus funciones eficazmente?
Reflexiones finales sobre la interpretación de las recomendaciones
Las reformas institucionales de los últimos años no son un "mandato divino" de la Ocde, sino la manera en que Colombia ha interpretado sus recomendaciones. Este proceso de interpretación ha tenido aciertos, pero también errores o sesgos que pueden y deben ser modificados en función de las necesidades del país y las lecciones aprendidas.
Estoy convencido de que fue una buena decisión haber ingresado a la Ocde. Colombia se ha beneficiado de esta membresía y puede aprovecharla aún más en el futuro. Sin embargo, para lograrlo, el primer paso es entender que la Ocde está para nutrir con evidencia y análisis los debates sobre políticas públicas, no para ser instrumentalizada por quienes buscan cerrar estos debates o imponer visiones únicas.
El Decreto 0226 de 2026 representa una nueva oportunidad para reflexionar sobre cómo equilibrar la independencia de los entes reguladores con la flexibilidad necesaria para adaptarse a un entorno cambiante, siempre en diálogo constructivo con los estándares internacionales.



