Ministerio de Educación define postura sobre uso de celulares en colegios colombianos
Ministerio fija postura sobre celulares en colegios de Colombia

Ministerio de Educación Nacional establece postura definitiva sobre celulares en instituciones educativas

El Ministerio de Educación Nacional ha definido una posición clara y contundente respecto al uso de teléfonos celulares y otros dispositivos móviles por parte de los estudiantes dentro de los establecimientos educativos en todo el territorio colombiano. Esta determinación marca un hito importante en la regulación de la tecnología dentro de los espacios de aprendizaje.

Fundamento legal y responsabilidades institucionales

La decisión ministerial se sustenta firmemente en la Ley 2170 de 2021, legislación que otorga al Ministerio de Educación la responsabilidad específica de emitir orientaciones técnicas sobre la implementación y uso de tecnologías en los entornos escolares. Según el artículo 2 de esta normativa, corresponde al Ministerio formular, implementar y evaluar dichas guías de manera continua.

Más significativamente, el artículo 3 establece la obligación para todos los colegios del país de incluir en sus acuerdos de convivencia escolar mecanismos concretos que garanticen un uso adecuado de los dispositivos móviles. Estos mecanismos deben estar orientados específicamente a favorecer el aprendizaje significativo, la participación activa y la protección integral de niños, niñas y adolescentes.

Implementación práctica en las instituciones educativas

En términos prácticos, las directrices ministeriales establecen que los colegios deben promover el uso responsable y pedagógico de los celulares únicamente cuando estos dispositivos contribuyan efectivamente al proceso educativo. Esto implica que los docentes pueden incorporar estratégicamente la tecnología móvil en sus metodologías de enseñanza cuando exista un beneficio pedagógico demostrable.

Paralelamente, se permite restringir excepcionalmente el uso de dispositivos móviles en determinados horarios o espacios específicos dentro de las instituciones. Sin embargo, esta medida restrictiva debe cumplir con requisitos estrictos: debe ser aprobada formalmente por el Comité Escolar de Convivencia y el Consejo de Directivos, y su objetivo fundamental debe ser la protección de los estudiantes frente a posibles riesgos asociados al uso indiscriminado de tecnología.

Autonomía institucional y experiencias previas

Es crucial destacar que no se impone una prohibición general ni obligatoria a nivel nacional. En cambio, el Ministerio prioriza la concertación y el diálogo constructivo entre rectores, docentes, estudiantes y familias para establecer normas contextualizadas que respondan a las realidades específicas de cada comunidad educativa.

El Ministerio recordó que, desde el año 2024, ha respetado la decisión autónoma de la Unión de Colegios Internacionales (Uncoli) —que agrupa 27 instituciones educativas en Bogotá— de limitar el uso permanente de pantallas durante la jornada escolar completa. Esta medida fue adoptada tras documentarse efectos negativos significativos en múltiples dimensiones del desarrollo estudiantil.

Entre los impactos adversos identificados se encuentran:

  • Deterioro de la salud mental y bienestar emocional
  • Afectación del desarrollo psicosocial adecuado
  • Reducción de la interacción social presencial
  • Disminución de la actividad física regular
  • Aumento de casos de bullying y cyberbullying
  • Baja considerable en el rendimiento académico general

Balance entre tecnología y protección estudiantil

El anuncio ministerial refuerza explícitamente la autonomía de las instituciones educativas, especialmente aquellas de carácter privado, para definir sus propias reglas internas sobre el uso de tecnología. Esta autonomía está condicionada a que dichas normas se alineen con la legislación vigente y tengan como objetivo central el bienestar integral de los estudiantes.

Con esta definición de política educativa, el Ministerio de Educación busca cerrar el debate público sobre el tema y orientar a todas las comunidades educativas del país hacia un equilibrio cuidadoso entre el aprovechamiento pedagógico de la tecnología disponible y la protección efectiva de los derechos fundamentales y el desarrollo integral de los estudiantes colombianos.