Colombia implementa nuevas reglas estrictas para transportar baterías de litio en aviones
Nuevas reglas para baterías de litio en vuelos en Colombia

Colombia actualiza normativa de seguridad para transporte aéreo de baterías de litio

La Aeronáutica Civil de Colombia ha puesto en vigor nuevas disposiciones obligatorias para el transporte aéreo de baterías de ion-litio y bancos de energía, en una medida que busca fortalecer la seguridad operacional y ajustar al país a los estándares internacionales más recientes en esta materia.

Actualización técnica basada en normativa global

Las disposiciones, que entraron en vigor el 27 de marzo de 2026, son de cumplimiento obligatorio para pasajeros, aerolíneas y operadores aeroportuarios en todo el territorio nacional. Esta actualización técnica se fundamenta en la Adenda I del Documento 9284 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), correspondiente a las Instrucciones técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea en su edición 2025-2026.

Con este ajuste regulatorio, Colombia se alinea completamente con las directrices globales sobre el manejo seguro de dispositivos que contienen baterías de alta densidad energética, un componente cada vez más común en equipos electrónicos personales y profesionales.

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Cambios principales en la normativa

Uno de los cambios más significativos establece que los bancos de energía solo podrán transportarse en el equipaje de mano. La normativa es explícita al señalar que queda estrictamente prohibido llevarlos en equipaje facturado o de bodega, una restricción diseñada específicamente para reducir riesgos asociados a incendios o sobrecalentamientos que podrían ocurrir fuera del alcance inmediato de la tripulación de cabina.

Además, se fija un límite estricto por pasajero: únicamente se permiten hasta dos baterías de repuesto o dos power banks. Esta medida tiene como objetivo controlar la cantidad de dispositivos potencialmente riesgosos dentro de la cabina y facilitar su supervisión continua durante todas las fases del vuelo.

Restricciones de uso durante el vuelo

Las nuevas disposiciones también establecen restricciones claras sobre el uso de estos dispositivos a bordo. Según la Aeronáutica Civil, los pasajeros no podrán utilizarlos ni recargarlos durante el trayecto. Tampoco estará permitido emplearlos para suministrar energía a otros equipos electrónicos dentro de la aeronave, una práctica que anteriormente era común entre viajeros.

Requisitos de seguridad específicos

En materia de seguridad física, cada unidad deberá transportarse con protección individual que evite cortocircuitos o activaciones accidentales. Para cumplir con este requisito, los dispositivos deben satisfacer el manual de pruebas y criterios establecidos por las Naciones Unidas, un estándar técnico internacional específicamente diseñado para baterías de diferentes tipos y capacidades.

Diferenciación por capacidad energética

La normativa introduce una diferenciación clara según la capacidad energética de los dispositivos:

  • Dispositivos de hasta 100 Wh: Podrán transportarse sin autorización adicional, siempre que cumplan con todas las condiciones establecidas en la normativa.
  • Dispositivos entre 100 Wh y 160 Wh: Requerirán aprobación previa y expresa de la aerolínea operadora del vuelo.

Implementación y capacitación

La autoridad aeronáutica colombiana ha recomendado enfáticamente a aerolíneas y operadores aeroportuarios actualizar de inmediato sus procedimientos, manuales y programas de formación del personal. El objetivo fundamental, según indicó la entidad, es "garantizar la correcta aplicación de estas directrices y velar por la seguridad de todos los usuarios del sector aéreo colombiano".

Esta actualización normativa representa un paso significativo en la modernización de los protocolos de seguridad aérea en Colombia, respondiendo a la creciente presencia de dispositivos electrónicos con baterías de alta capacidad en los viajes aéreos contemporáneos.

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