Movilidad aclara norma sobre placa en casco y chaleco de motociclistas
Entre los motociclistas colombianos ha resurgido una duda histórica que durante años generó comparendos y discusiones en las vías del país: ¿volverá a ser obligatorio llevar el número de la placa en el casco y el chaleco reflectivo? Ante las múltiples consultas de los conductores, las autoridades de movilidad han salido a aclarar de manera contundente qué establece actualmente la legislación colombiana.
La ley eliminó definitivamente este requisito
De acuerdo con información oficial confirmada por las secretarías de movilidad, hoy en Colombia no es obligatorio portar el número de la placa en el casco ni en el chaleco reflectivo. Esta modificación se concretó mediante la Ley 2251 de 2022, normativa que introdujo importantes cambios al Código Nacional de Tránsito como parte de la Política de Seguridad Vial del país.
El Artículo 9 de esta ley modificó específicamente el Artículo 96 de la Ley 769 de 2002, donde se establecen las obligaciones para conductores de motocicletas, motociclos y mototriciclos. El texto legal es absolutamente claro al respecto: en el numeral 5 quedó establecido que "en todo caso, no se podrá exigir que el casco tenga el número correspondiente a la placa del vehículo".
Fin de las multas por este concepto
Con esta reforma legislativa quedó sin efecto una norma que durante muchos años obligaba a los motociclistas a llevar la placa visible tanto en el casco como en el chaleco reflectivo. Las autoridades han reiterado que, debido al principio de jerarquía normativa, la Ley 2251 de 2022 dejó sin vigencia cualquier disposición anterior que exigiera este requisito.
Las secretarías de movilidad han sido enfáticas en señalar que ninguna autoridad de tránsito puede exigir el número de placa en estos elementos ni imponer comparendos por este motivo. Esta aclaración resulta fundamental para los miles de motociclistas que circulan diariamente por las carreteras y ciudades colombianas.
Recomendaciones oficiales para motociclistas
Las entidades de movilidad recomiendan a los conductores:
- Mantenerse informados a través de los canales oficiales de comunicación
- Cumplir estrictamente con las demás normas de tránsito vigentes
- Utilizar adecuadamente el casco reglamentario certificado
- Emplear elementos reflectivos durante la conducción nocturna
- Seguir todas las medidas de seguridad vial establecidas
La eliminación de este requisito no significa relajamiento en las exigencias de seguridad. Por el contrario, las autoridades insisten en la importancia de cumplir con todas las demás disposiciones diseñadas para proteger la vida de los motociclistas, quienes representan uno de los grupos más vulnerables en la vía.
