Posibles sanciones económicas para el influencer tras incidente aéreo
La aerolínea Avianca ha iniciado acciones legales contra el creador de contenido Yeferson Cossio, luego del incidente ocurrido el 11 de marzo de 2026 durante el vuelo AV-46 que cubría la ruta Bogotá-Madrid. El hecho, que involucró la activación accidental de una bomba fétida en el equipaje de mano del influencer, ha generado un proceso administrativo que podría derivar en multas significativas.
La versión legal de Cossio y la respuesta de Avianca
Gina Fonseca, representante legal de Yeferson Cossio, emitió un comunicado detallando los hechos ocurridos durante el vuelo internacional. En el documento, se niega categóricamente que el incidente haya sido una broma, un guion para video o cualquier estrategia publicitaria, insistiendo en que se trató de un accidente fortuito.
"El stink bomb que se despresurizó por accidente no es inflamable, no genera combustión y no representa un riesgo real para la integridad de la aeronave", explicó Cossio en su defensa. El influencer añadió que el efecto del dispositivo duró menos de dos minutos y fue controlado posteriormente con un ambientador manual.
Sin embargo, Avianca decidió cancelar el vuelo de regreso de Cossio, catalogando su conducta como "disruptiva" según los parámetros establecidos por la aerolínea y las normas aeronáuticas colombianas.
Definición de conducta disruptiva y sanciones aplicables
Según la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, específicamente en el grupo de normas RAC 106, se define como persona disruptiva a "un pasajero que no respeta las normas de conducta en un aeropuerto o a bordo de una aeronave, o que no respeta las instrucciones del personal y perturba el orden o la disciplina".
El Ministerio de Transporte ha precisado que los reglamentos RAC 3 y 13 establecen sanciones administrativas de tipo pecuniario por 185 UVT, lo que actualmente equivale a multas de hasta $9.689.190. Estas sanciones podrían aumentar en casos agravados o derivar en penalidades adicionales del 8.33% según cada situación específica.
Conductas específicas que generan sanciones
Las autoridades aeronáuticas han identificado comportamientos específicos que pueden generar este tipo de sanciones:
- Proferir ofensas o insultos a autoridades aeroportuarias, sanitarias o policiales
- Ejecutar actos de perturbación a bordo de aeronaves o en instalaciones aeroportuarias
- Instigar a otros pasajeros a realizar conductas disruptivas
Atenuantes y agravantes en el proceso sancionatorio
Los reglamentos aeronáuticos contemplan tanto circunstancias atenuantes como agravantes en estos casos:
- Atenuantes: No registrar sanciones dentro de los tres años anteriores, presentarse voluntariamente ante la autoridad aeronáutica, o demostrar circunstancias que hagan menos gravosa la infracción.
- Obligaciones del infractor: Según el artículo 13.200, corresponde al infractor tomar medidas necesarias para reparar o neutralizar las consecuencias de su acción y evitar su repetición.
El caso de Yeferson Cossio continúa en desarrollo, mientras las autoridades aeronáuticas evalúan la aplicación específica de las normativas vigentes y la magnitud de las posibles sanciones administrativas.



