Concejal aclara: multas de tránsito no subirán 23% pese a suspensión de aumento salarial
Multas de tránsito no subirán 23% pese a suspensión salarial

Concejal Julián Forero desmiente versiones sobre aumento del 23% en multas de tránsito

La reciente suspensión del decreto que establecía un incremento del 23% en el salario mínimo para 2026, ordenada por el Consejo de Estado, ha generado confusión entre conductores y motociclistas en todo el territorio colombiano. Muchos se preguntan si esta decisión judicial afectará directamente el valor de las sanciones de tránsito en el presente año. La respuesta, según las autoridades, es contundente: no habrá cambios en las multas por esta causa.

El mecanismo legal que rige las sanciones de tránsito

El concejal de Bogotá, Julián Forero, ha salido al paso para aclarar las dudas que circulan en redes sociales y medios digitales. "Es fundamental entender cómo se calculan realmente estos incrementos y qué establece la ley vigente", señaló el cabildante tras conocerse la suspensión del decreto gubernamental. Forero reiteró que las multas de tránsito no están vinculadas al salario mínimo, desmintiendo versiones que sugerían lo contrario.

El cálculo de las sanciones se fundamenta exclusivamente en la Unidad de Valor Básico (UVB), creada mediante la Ley 2294 de 2023 que adoptó el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. Este indicador sirve como referencia oficial para determinar:

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  • Cobros estatales
  • Tarifas de servicios
  • Sanciones administrativas
  • Multas de tránsito

Actualización basada en normativa específica

En cumplimiento de esta normativa, el Ministerio de Transporte expidió la Circular Externa 20264000000037 del 2 de enero de 2026, instruyendo formalmente a:

  1. Alcaldes municipales
  2. Gobernadores departamentales
  3. Organismos de tránsito
  4. Concesiones viales

para que actualicen los valores de las multas con base en la UVB y no en el salario mínimo. "El ajuste responde a una fórmula legal ya establecida. No crean en quienes dicen que frenaron un supuesto aumento del 23% en las multas", enfatizó Forero durante su intervención.

Ejemplo práctico: multa por exceso de velocidad

Para ilustrar la situación con datos concretos, el concejal compartió un caso específico. La infracción C29 - Exceder los límites de velocidad establecidos tenía en 2025 un costo aproximado de $604.100. Con la actualización correspondiente para 2026, basada estrictamente en la variación de la UVB, el valor pasó a $633.200.

Este incremento representa aproximadamente un 4,82% de aumento, cifra que dista significativamente del 23% mencionado erróneamente en algunos círculos. Este ejemplo confirma que las sanciones de tránsito obedecen exclusivamente a la variación anual de la Unidad de Valor Básico, manteniéndose independientes de las decisiones sobre el salario mínimo.

Otros ajustes que sí afectan a conductores

Aunque las multas de tránsito no experimentarán cambios por la suspensión del decreto salarial, conductores y motociclistas colombianos sí enfrentarán incrementos en otros aspectos relacionados con la movilidad:

  • SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito
  • Combustibles: Precios de gasolina y diésel
  • Trámites vehiculares: Renovaciones, matrículas y otros procedimientos

El llamado del concejal Forero es claro: "Hay que informarse correctamente, entender cómo funcionan los ajustes y no dejarse llevar por información incompleta o malinterpretada". En conclusión, pese a la suspensión del decreto sobre el salario mínimo ordenada por el Consejo de Estado, el valor de las multas de tránsito en 2026 permanecerá conforme al cálculo establecido por la Unidad de Valor Básico (UVB), sin relación directa con dicha decisión judicial.

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