¿Es obligatorio llevar la placa en el casco? Autoridades aclaran la normativa actual
¿Es obligatorio la placa en el casco? Esto dice la ley

¿Es obligatorio para los motociclistas tener el número de placa en el casco y el chaleco? Esto dice la ley

Una reciente aclaración de las autoridades de tránsito ha vuelto a poner sobre la mesa una duda frecuente entre los motociclistas de todo el país: si es obligatorio portar el número de la placa en el casco o en el chaleco reflectivo. La respuesta, según explicó la Secretaría de Movilidad de Cali, es que actualmente no existe esa obligación en Colombia, debido a una modificación legal introducida por la Ley 2251 de 2022.

Cambio en la legislación nacional

En particular, el Artículo 9 de esta ley modificó el artículo 96 de la Ley 769 de 2002, conocida como el Código Nacional de Tránsito. Allí quedó establecido en el numeral 5 que no se puede exigir que el casco tenga el número correspondiente a la placa del vehículo, lo que dejó sin efecto la obligación que existía anteriormente.

De acuerdo con el pronunciamiento oficial de la entidad, "los motociclistas no están obligados a portar el número de la placa del vehículo en el casco ni en el chaleco reflectivo". La Secretaría recordó que esta exigencia dejó de ser válida tras un cambio en la legislación nacional que modificó las reglas aplicables a este tipo de vehículos en las vías del país.

¿Por qué se usaban las placas en el casco anteriormente?

Durante años, portar la placa visible en el casco o en el chaleco fue una práctica extendida en distintas ciudades del país. De hecho, la ausencia de esa identificación podía generar comparendos y sanciones económicas para los conductores que incumplieran la norma. La medida buscaba principalmente:

  • Facilitar la identificación de motociclistas en las vías
  • Contribuir a las labores de control y vigilancia del tránsito
  • Agilizar los procesos de investigación en caso de infracciones o accidentes

Con la reforma legal de 2022, sin embargo, esa obligación desapareció completamente. La Secretaría de Movilidad de Cali explicó que, debido al principio de jerarquía normativa, las leyes nacionales prevalecen sobre otras disposiciones que existían previamente y que exigían ese tipo de identificación visible en la indumentaria de los motociclistas.

Consecuencias prácticas de la modificación

Por esta razón, las autoridades de tránsito no pueden imponer sanciones ni exigir el cumplimiento de una regla que fue eliminada por la legislación nacional. En otras palabras, cualquier comparendo basado exclusivamente en la ausencia del número de placa en el casco o en el chaleco no tendría sustento jurídico bajo la normativa actual.

La aclaración busca resolver las dudas que persisten entre conductores y ciudadanos, especialmente en momentos en los que las autoridades de tránsito intensifican los controles en las vías urbanas. En ciudades con alto uso de motocicletas, como Cali, este tipo de información resulta clave para evitar confusiones sobre las obligaciones que deben cumplir los usuarios de estos vehículos.

Es importante destacar que, aunque ya no es obligatorio portar la placa en el casco o chaleco, los motociclistas deben seguir cumpliendo con todas las demás normas de tránsito establecidas en el Código Nacional, incluyendo el uso adecuado del casco de seguridad certificado y del chaleco reflectivo en condiciones de baja visibilidad.