Bahías en vías colombianas: no todas permiten estacionar y la multa supera $600 mil
Bahías en vías: no todas permiten estacionar, multa supera $600 mil

Bahías en vías colombianas: no todas permiten estacionar y la multa supera $600 mil

En numerosas calles de las ciudades colombianas, es frecuente observar bahías ubicadas a un costado de la vía. Para muchos conductores, estos espacios representan un lugar "natural" para dejar el automóvil durante algunos minutos. No obstante, la normativa de tránsito no siempre lo autoriza, y el simple hecho de que exista una bahía no implica automáticamente que esté habilitada para el estacionamiento.

La señalización es clave para el estacionamiento en bahías

Según Javier Mahecha, instructor de la academia de conducción ACAR, la presencia de una bahía por sí sola no habilita el parqueo. El experto aclara que la norma establece que un vehículo puede estacionarse en una bahía únicamente cuando esta cuente con señalización específica que autorice el estacionamiento, como las conocidas zonas azules o marcas viales que lo permitan.

En términos simples, si la bahía no está marcada como un espacio permitido para parquear, el conductor no debería dejar allí su vehículo, incluso si el diseño del lugar parece estar pensado para detenerse. En muchas urbes, estas bahías se construyen para otros fines, como el ascenso y descenso de pasajeros, zonas de carga y descarga, o espacios operativos para el transporte público.

La infracción por estacionar en lugares no autorizados

Dejar el vehículo en un sitio no permitido continúa siendo una de las conductas más sancionadas por las autoridades de tránsito en Colombia. Esta falta corresponde a la infracción C02, que contempla una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes.

Para el año 2026, el valor aproximado de esta sanción es de COP 633.200, y además puede conllevar la inmovilización del automóvil. Por lo tanto, cuando un conductor observe una bahía en la vía, estacionar sin la debida autorización puede resultar en un comparendo costoso.

Lugares donde está prohibido parquear, incluso sin señalización

El artículo 76 del Código Nacional de Tránsito también define varios sitios donde está prohibido estacionar, aun cuando no exista una señal que lo indique. Entre estos lugares se incluyen:

  • Sobre andenes, zonas verdes o espacios destinados a peatones, recreación o conservación.
  • En vías arterias, autopistas, zonas de seguridad o dentro de un cruce.
  • En vías principales o colectoras cuando exista restricción por horarios o tipo de vehículo.
  • En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos y en sus accesos.
  • En zonas reservadas para ciertos vehículos, como paradas de transporte público o espacios para personas con discapacidad.
  • En carriles exclusivos para transporte masivo.
  • En ciclorrutas o carriles con prioridad para bicicletas.
  • A más de 30 centímetros de la acera.
  • En doble fila o frente a hidrantes, garajes o accesos para personas con discapacidad.
  • En curvas.
  • En lugares donde se interfiera la salida de otros vehículos estacionados.
  • En cualquier punto donde la autoridad de tránsito lo prohíba.

Recomendación para evitar comparendos por estacionamiento indebido

Ante la incertidumbre, lo más aconsejable es verificar siempre la señalización del lugar antes de estacionar. Si la bahía no presenta marcas o señales que autoricen el parqueo, lo más seguro es asumir que no está habilitada para ese uso. Esta precaución puede ahorrar a los conductores multas elevadas y complicaciones legales.