Uruguay avanza hacia la ratificación del Convenio 158 de la OIT sobre despidos con causa
La eventual ratificación del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha regresado con fuerza a la agenda política uruguaya en las últimas semanas, impulsada por el Ministerio de Trabajo tras una serie de cierres empresariales que han afectado al mercado laboral local.
Un proyecto en marcha para proteger a los trabajadores
El Ministerio de Trabajo, bajo la dirección del ministro Juan Castillo, ha preparado un proyecto completo que busca que el Poder Ejecutivo promueva ante el Parlamento la ratificación de este importante instrumento internacional. El convenio establece que la terminación de la relación laboral por iniciativa del empleador no puede producirse sin una causa válida, ya sea vinculada a la conducta o capacidad del trabajador, o a las necesidades operativas de la empresa como reestructuraciones, innovaciones tecnológicas o pérdida de mercados.
La iniciativa se encuentra actualmente en trámite interno en varios organismos del Estado uruguayo y se enviaría al Legislativo cuando la Presidencia de la República así lo determine, marcando un paso significativo en la protección de los derechos laborales en el país.
Características fundamentales del Convenio 158
Adoptado en 1982 y en vigor desde 1985, el Convenio 158 de la OIT establece mecanismos claros para garantizar la justicia en los procesos de despido:
- Exige que todo despido tenga una causa válida y justificada
- Otorga al trabajador el derecho a recurrir la decisión ante una autoridad imparcial si considera el despido injustificado
- Establece garantías adicionales cuando los despidos responden a razones económicas, tecnológicas o estructurales
- En estos casos, obliga al empleador a informar previamente a los representantes de los trabajadores y dar cuenta a la autoridad competente
- Requiere que se analicen medidas para evitar o mitigar las desvinculaciones masivas
Una norma con adopción limitada a nivel mundial
De los 187 Estados miembros de la OIT, solo 36 mantienen vigente la ratificación del Convenio 158, concentrándose principalmente en Europa y África, con presencia acotada en Oceanía y América Latina.
Entre los países que han ratificado el instrumento se encuentran:
- España, Francia, Portugal, Suecia y Finlandia en Europa
- Antigua y Barbuda, Santa Lucía y Venezuela en América
- Australia y Papúa Nueva Guinea en Oceanía
- Numerosos países africanos como Camerún, Etiopía, Marruecos y Zambia
La situación particular de América Latina
En América Latina, la presencia del Convenio 158 es extremadamente limitada. Actualmente, solo Venezuela mantiene vigente la ratificación, mientras que Brasil lo denunció poco después de haberlo ratificado en 1995.
La retirada unilateral del convenio por parte del entonces presidente brasileño Fernando Henrique Cardoso generó un intenso debate jurídico sobre la validad de este tipo de decisiones sin la aprobación del Congreso. En 2023, el Supremo Tribunal Federal brasileño abordó esta cuestión, reafirmando que la denuncia de tratados internacionales requiere la anuencia legislativa, estableciendo un precedente importante para la región.
La mayoría de los países latinoamericanos, incluidos Argentina, Perú, Chile, México y Colombia, no han ratificado el instrumento, lo que evidencia que, aunque el convenio tiene amplia adopción en Europa y África, su implementación en Latinoamérica sigue siendo minoritaria.
Ausencias significativas a nivel global
Tampoco economías desarrolladas y emergentes como Estados Unidos, Alemania, Reino Unido, Canadá, Japón, India, Italia, China y Arabia Saudita, entre otras, han ratificado el instrumento, según los datos oficiales de la Organización Internacional del Trabajo.
Esta situación global destaca el carácter pionero y avanzado que tendría Uruguay al ratificar el Convenio 158, posicionándose como un referente regional en materia de protección laboral y derechos de los trabajadores frente a despidos arbitrarios o injustificados.