El Código Sustantivo del Trabajo en Colombia establece que ciertos trabajadores tienen derecho a recibir ropa y calzado tres veces al año por parte de su empleador, beneficio conocido como dotación. El incumplimiento de esta obligación puede generar multas para la empresa. Sin embargo, no todos los trabajadores accederán a este beneficio en 2026.
Requisitos para recibir dotación en 2026
Para tener derecho a la dotación, el trabajador debe cumplir simultáneamente dos condiciones:
- Ganar hasta dos salarios mínimos mensuales. En 2026, el salario mínimo será de 1.750.905 pesos colombianos, por lo que el límite para recibir dotación es de 3.501.810 pesos.
- Llevar más de tres meses continuos en la empresa al momento de cada plazo de entrega de la dotación.
El tipo de contrato no influye: aplica para contratos a término fijo, indefinido o por obra o labor.
Fechas de entrega de la dotación
La dotación se entrega tres veces al año, cada cuatro meses. Las fechas límite para el sector privado son:
- 30 de abril
- 31 de agosto
- 20 de diciembre
Para el sector público, los dos primeros plazos son iguales, pero el tercero se extiende hasta el 30 de diciembre. Es importante recordar que el próximo vencimiento es el 30 de abril.
¿Qué incluye la dotación?
La dotación consta de dos elementos: un par de zapatos y una muda de ropa. Las prendas deben ser adecuadas para el tipo de labor y el clima del lugar de trabajo. Por ejemplo, no es lo mismo dotar a un trabajador de bodega que a uno de oficina, ni a alguien en Bogotá que en Apartadó.
El Código Sustantivo del Trabajo no fija un valor mínimo para las prendas, pero en su artículo 234 establece que la dotación no puede ser reemplazada por dinero mientras el contrato esté vigente; debe entregarse en especie. Algunas empresas optan por bonos o tarjetas, lo cual es válido siempre que sean canjeables exclusivamente por vestido y calzado. Si el empleado puede usarlos para otros fines, el empleador no cumple con la obligación.
El artículo 233 del Código Sustantivo del Trabajo señala que el trabajador está obligado a usar la ropa y el calzado entregados para sus labores. Si no lo hace, la empresa queda eximida de dársela en el siguiente período.
Sanciones por incumplimiento
Mientras el contrato esté vigente, la empresa debe entregar la dotación en especie, sin excepción. Solo al terminar la relación laboral el trabajador puede reclamar su valor en dinero. El Ministerio de Trabajo puede sancionar a los empleadores que no cumplan con multas de entre 1 y 5.000 salarios mínimos mensuales, según la gravedad del caso.
¿Cómo reclamar la dotación?
Si un trabajador no recibe su dotación, el primer paso es buscar un acuerdo directo con el empleador. Si no funciona, puede acudir al inspector de trabajo para asesoría o radicar una queja formal. Sin embargo, el inspector no puede ordenar el pago de prestaciones sociales; para eso se debe acudir a un juez laboral. En municipios sin inspector, la Defensoría del Pueblo, la Personería Municipal o los consultorios jurídicos son opciones válidas.



