Los animales de apoyo emocional podrían tener un acceso más amplio a las universidades colombianas tras una decisión de la Corte Constitucional que concluyó que las instituciones educativas no pueden imponer prohibiciones generales sobre su ingreso sin analizar las circunstancias particulares de cada caso.
El caso que marcó el precedente
La corporación estudió la tutela presentada por un estudiante de ingeniería ambiental y determinó que una universidad vulneró sus derechos al impedirle asistir acompañado por Kiwi, su perro de apoyo emocional. La Corte ordenó al Ministerio de Educación fijar reglas mínimas sobre esta materia y estableció parámetros que deberán ser considerados por las instituciones de educación superior cuando diseñen o actualicen sus protocolos internos.
Consecuencias del caso
La controversia surgió cuando una universidad prohibió el ingreso de Kiwi a aulas de clase, laboratorios, auditorios, bibliotecas, cafeterías, salas de informática y oficinas. Ante esa restricción, el estudiante acudió a la justicia argumentando apoyo para su salud mental. Durante el proceso, la Corte encontró que la situación tuvo consecuencias profundas: el estudiante terminó renunciando a Kiwi debido a la negativa de la institución educativa, lo que afectó su salud mental y proceso académico. Por esa razón, la Sala Novena de Revisión declaró daño consumado, al considerar que las consecuencias ya se habían materializado cuando se produjo la revisión del caso.
Límites a la autonomía universitaria
Aunque la Corte reconoció que las universidades cuentan con autonomía para regular el ingreso y permanencia de animales de apoyo emocional dentro de sus instalaciones, también advirtió que esa facultad tiene límites constitucionales. Según la decisión, las restricciones no pueden basarse en criterios generales ni en razones derivadas de la "mera intolerancia y falta de empatía". Por el contrario, cada situación debe analizarse de manera individual para determinar si existen afectaciones reales a la salud física o mental de otros integrantes de la comunidad educativa. La corporación concluyó que la universidad aplicó un protocolo sin evaluar alternativas que permitieran al estudiante recibir el acompañamiento de Kiwi en aquellos espacios o actividades que representaban mayores desafíos para su salud mental.
Criterios para las universidades
La sentencia fija tres criterios que deben orientar las decisiones institucionales sobre animales de apoyo emocional:
- Protección de derechos: Salud mental, educación, intimidad y debido proceso de quienes requieren este acompañamiento.
- Protección de la comunidad: Salud física y mental de los demás integrantes de la comunidad educativa.
- Bienestar animal: El bienestar de los animales debe ser considerado dentro de cualquier decisión.
La combinación de estos tres elementos obliga a buscar soluciones equilibradas y evita que una sola consideración termine imponiéndose automáticamente sobre las demás.
Cambios en protocolos y capacitaciones
Además de reconocer la vulneración de derechos en el caso concreto, la Corte ordenó a la universidad modificar su protocolo interno. La institución deberá reemplazar el esquema basado en espacios prohibidos por mecanismos que permitan evaluar cada situación particular y verificar si existen riesgos reales para otros miembros de la comunidad. La decisión también señala que las restricciones deberán ser excepcionales y que el punto de partida debe ser la posibilidad de que el estudiante pueda acceder a espacios universitarios acompañado por su animal de apoyo emocional. Adicionalmente, la universidad tendrá que realizar jornadas de capacitación y sensibilización sobre salud mental, bienestar animal y funcionamiento del protocolo que adopte tras los ajustes exigidos por la sentencia.
Un precedente para la educación superior
Más allá del caso específico, la decisión abre una discusión sobre las necesidades de salud mental de los estudiantes. La Corte dejó claro que la autonomía universitaria sigue vigente, pero también que los reglamentos internos deben armonizarse con los derechos fundamentales de quienes integran la comunidad académica. Con la orden de establecer reglas mínimas para estos casos y la exigencia de abandonar las prohibiciones generales, el fallo marca una ruta que podría influir en la manera como las instituciones educativas gestionan la presencia de animales de apoyo emocional dentro de sus campus en el futuro.



