Colombia a juicio en la CIDH por asesinato de hermana de periodista
Colombia a juicio en la CIDH por asesinato de hermana de periodista

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó formalmente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) un caso contra Colombia por la masacre ocurrida el 26 de febrero de 1990 en Cimitarra, Santander. Ese día fueron asesinados Josué Vargas Mateus, Miguel Ángel Barajas Collazos y Saúl Castañeda Zúñiga, dirigentes de la Asociación de Trabajadores Campesinos del Carare (ATCC), junto con la periodista Silvia Margarita Duzán Sáenz, hermana de la reconocida periodista María Jimena Duzán. Silvia Margarita realizaba un documental sobre la violencia en la región.

Detalles de la masacre

Según la información recopilada por la CIDH, hombres armados irrumpieron en el lugar donde se encontraban reunidos los líderes campesinos y la comunicadora, y les dispararon hasta causarles la muerte. Después de la masacre, familiares de las víctimas denunciaron amenazas, persecuciones y desplazamientos forzados.

Contexto de violencia

La Comisión recordó que la ATCC nació en medio de la intensa confrontación armada que afectaba al Carare, donde delinquían grupos guerrilleros, estructuras paramilitares y agentes estatales. En ese contexto violento, la organización impulsaba una propuesta de resistencia civil no violenta y había denunciado reiterados hostigamientos contra sus integrantes.

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Responsabilidad del Estado

Tras estudiar el caso, la CIDH concluyó que los hechos ocurrieron en un escenario de alto riesgo para quienes defendían los derechos humanos y lideraban procesos sociales en las zonas rurales. En su evaluación, el órgano de justicia internacional señaló que existían “elementos suficientes para determinar que las amenazas y hostigamientos contra los integrantes de la ATCC ocurrieron con la aquiescencia de agentes estatales”. La CIDH también cuestionó la actuación de las autoridades frente a las alertas previas. De acuerdo con sus conclusiones, aunque las amenazas eran conocidas y habían sido denunciadas, el Estado no adoptó medidas efectivas para proteger a las víctimas.

Violaciones a derechos fundamentales

La CIDH sostuvo que el asesinato de los tres dirigentes campesinos no solo vulneró su derecho a la vida, sino también su libertad de expresión y asociación. Según indicó, el crimen tuvo el efecto de silenciar su labor de liderazgo comunitario y defensa de los derechos humanos en una de las regiones más golpeadas por el conflicto armado. En relación con Silvia Margarita Duzán Sáenz, la CIDH destacó que enfrentaba un riesgo especial debido a su trabajo periodístico y a la información que estaba recopilando cuando fue asesinada. El organismo determinó que existía una relación directa entre el ataque contra la periodista y el atentado dirigido contra los líderes campesinos.

Deficiencias en la investigación judicial

La investigación judicial tampoco escapó a los cuestionamientos. La Comisión encontró “graves deficiencias”, entre ellas prolongadas demoras, extensos períodos de inactividad y la intervención de la justicia penal militar en el análisis de la responsabilidad de uno de los sospechosos. “Por la masacre fueron investigadas 37 personas incluyendo al paramilitar Hermógenes Mosquera, alias Mojao, cercano al jefe paramilitar Henry Pérez. En el 2020, la Fiscalía General de la Nación declaró el homicidio como un crimen de lesa humanidad, al ser un ataque sistematizado por parte de grupos paramilitares. Sin embargo, la investigación no ha avanzado más allá de esto. Todo lo que se conoce del crimen es gracias a la investigación que hizo María Jimena”, explicó la Fundación para la Libertad de Prensa.

Para la CIDH, el traslado parcial del caso a la jurisdicción penal militar vulneró el derecho al juez natural y contribuyó a que los hechos permanecieran en la impunidad. Aunque durante décadas fueron investigados agentes estatales y otras personas presuntamente vinculadas con grupos paramilitares, todos resultaron absueltos por los homicidios. El organismo resaltó que, más de tres décadas después de la masacre, “no existe ninguna condena” por los asesinatos. Esa situación fue uno de los elementos que motivó la decisión de llevar el expediente ante la Corte Interamericana, donde Colombia puede ser condenada a ofrecer excusas públicas y una serie de reparaciones materiales y simbólicas.

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Responsabilidad internacional de Colombia

En su informe de fondo, la Comisión concluyó que Colombia es responsable por la violación de los derechos a la vida, la integridad personal, la libertad de expresión y la libertad de asociación de los líderes de la ATCC. También determinó la vulneración de los derechos a la vida y a la libertad de expresión de Silvia Margarita Duzán Sáenz, así como de los derechos de sus familiares a la integridad personal, las garantías judiciales, la libre circulación y la protección judicial.

Reparaciones solicitadas

La CIDH solicitó a la Corte IDH ordenar una reparación integral para los familiares de las víctimas, incluyendo compensaciones por los daños materiales e inmateriales sufridos. Además, pidió brindar atención en salud física y mental, continuar las investigaciones para identificar y sancionar a todos los responsables, y adoptar garantías de no repetición mediante programas permanentes de capacitación sobre debida diligencia en investigaciones relacionadas con grupos paramilitares. Así las cosas, el caso entra en una nueva etapa internacional en busca de verdad, justicia y reparación para una de las masacres más emblemáticas contra líderes sociales y periodistas en Colombia.