Bogotá sanciona a 65 candidatos por publicidad política ilegal
Una vez concluida la primera vuelta presidencial en Colombia, la Defensoría Distrital del Espacio Público de Bogotá anunció la sanción que impondrá contra 65 candidatos, tanto presidenciales como legislativos, que participaron en las contiendas electorales de 2026. La medida se ampara en la Ley 1801 de 2016, que en su numeral 12 del artículo 140 considera contaminación visual fijar propaganda, avisos, pasacalles, pancartas, pendones, vallas o banderolas sin autorización o incumpliendo la normativa vigente.
Balance de la Defensoría del Espacio Público
La Defensoría del Espacio Público presentó el balance de las acciones adelantadas para combatir la contaminación visual en el marco de la instalación indebida de publicidad política en Bogotá durante 2026. En el reporte, revelaron que entre septiembre y mayo retiraron más de 3.000 elementos publicitarios de intención política instalados de manera irregular en postes, luminarias, cajas de energía, paraderos, puentes peatonales, muros, fachadas patrimoniales y monumentos. La entidad especificó que el retiro se realizó en el marco de la estrategia #QueLaCampañaSeaCuidarABogotá, y precisó que estos afiches, pendones, pancartas y stickers generaban contaminación visual y ambiental en distintos sectores de la ciudad.
Lucía Bastidas, directora de la Defensoría del Espacio Público, afirmó: “La publicidad política no puede convertirse en una excusa para contaminar el espacio público. Los postes, paraderos, monumentos, puentes y fachadas no son vallas publicitarias. Bogotá merece campañas responsables que respeten la ciudad y a sus ciudadanos”.
Candidatos sancionados
Las sanciones no solo se impondrán a los candidatos, sino también a los partidos políticos de los que hacen parte. Entre los candidatos presidenciales sancionados se encuentran Roy Barreras, Iván Cepeda y Carlos Caicedo. En cuanto a precandidatos, figuran Juan Daniel Oviedo y Daniel Quintero. En total, son 65 los candidatos involucrados.
La Defensoría especificó que estos candidatos y partidos políticos sancionados recibirán una multa económica por contaminación visual, cuyo monto varía entre uno y medio (1 1/2) y cuarenta (40) salarios mínimos legales mensuales vigentes. El valor de la multa depende de la gravedad de la falta y del número de metros cuadrados ocupados indebidamente, además de la reparación de daños materiales de muebles o inmuebles y la remoción o destrucción de bienes.
Detalles adicionales
La determinación del Distrito está amparada por la Ley 1801 de 2016, que en su artículo 140, numeral 12, define como contaminación visual la fijación de propaganda, avisos, pasacalles, pancartas, pendones, vallas o banderolas sin la debida autorización o incumpliendo las condiciones establecidas en la normatividad vigente. La Defensoría del Espacio Público continuará vigilante para garantizar que las campañas electorales respeten el espacio público y no generen contaminación visual.



