La Fiscalía General de la Nación radicó este martes 2 de junio la solicitud de imputación de cargos por homicidio culposo contra Emely Fuentes y Danny Javier Ochoa, señalados en el caso de la muerte de la niña Valeria Afanador en Cajicá. El abogado penalista Gildardo Acosta explicó a EL TIEMPO que el homicidio culposo se caracteriza por la ausencia de intención de causar la muerte, pero que igualmente se produce el fallecimiento.
Penas y multas para los implicados
Según Acosta, la pena para este delito oscila entre 32 y 108 meses de prisión, sanciones que calificó como excarcelables. Además, se puede imponer una multa económica de 26 a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes. El jurista señaló que la Fiscalía deberá explicar ante el juez cuáles fueron las conductas que configuraron el homicidio culposo, detallando el deber objetivo de cuidado y las circunstancias del hecho.
Papel de la profesora y el jefe de seguridad
El abogado de la familia de Valeria Afanador indicó que Emely Viviana Fuentes Hernández, directora encargada del curso de la niña, incumplió sus deberes de vigilancia y control al permitir la salida de la menor del aula sin activar los mecanismos de protección. Por su parte, el abogado del colegio Gimnasio Campestre Los Laureles afirmó que Danny Javier Ochoa, jefe de seguridad, no tiene relación con los hechos, pues se desempeña como coordinador de compras.
Conciliación y pretensiones económicas
El abogado del colegio, Francisco Bernate, informó que hace aproximadamente 15 días se realizó una audiencia de conciliación en la que la familia de la niña solicitó 11 mil millones de pesos, cifra que la institución consideró imposible de asumir. Frente a esto, Gildardo Acosta aclaró que las sumas exageradas no son permitidas en la legislación colombiana, aunque reconoció el daño grave e irreparable causado. Explicó que el monto indemnizatorio se calcula con base en una proyección de vida de la víctima y su perfil.



