En un fallo de segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) suministrar información detallada y completa sobre las medidas que implementará para garantizar la entrega oportuna, continua y adecuada de la atención humanitaria en 2026, especialmente para las víctimas de desplazamiento y confinamiento.
Antecedentes de la tutela
La acción de tutela fue interpuesta por la Defensoría del Pueblo, que consideró insuficientes y generales las respuestas de la UARIV a un derecho de petición, lo que configuraría una vulneración del derecho fundamental de petición. El Tribunal revocó la decisión de primera instancia que había negado la protección solicitada.
Argumentos del Tribunal
En el fallo, el Tribunal señaló que “la atención humanitaria está intrínsecamente ligada a la vida, la integridad, la salud y el mínimo vital de las víctimas. Este derecho fundamental no puede, bajo ninguna circunstancia, quedar supeditado a obstáculos administrativos o a restricciones derivadas de la Ley de Garantías. La dignidad humana no admite pausas burocráticas”.
Contexto de violencia y desplazamiento
La petición se da en un contexto de persistencia de la violencia asociada a la expansión de grupos armados. Según la Defensoría del Pueblo, en 2025 se registraron 133 eventos de desplazamiento forzado masivo que afectaron a 107.924 personas, así como 99 eventos de confinamiento que impactaron a 128.825 personas, lo que representa un incremento del 318,3 % en población desplazada frente a 2024 y un aumento del 19,4 % en personas confinadas.
Para 2026, la entidad ha advertido la continuidad del escenario crítico. Entre el 1 de enero y el 31 de marzo, se documentaron 39 eventos de desplazamiento forzado con 7.611 personas afectadas y 25 eventos de confinamiento que impactaron a 39.582 personas.
Órdenes del Tribunal
El Tribunal ordenó a la UARIV entregar en los próximos días la información que permita precisar y sustentar el plan administrativo y contractual previsto para 2026. Asimismo, dispuso que la entidad adopte y fortalezca las medidas administrativas, presupuestales y operativas necesarias para garantizar la continuidad en la atención humanitaria, incluso bajo los términos de la Ley 996 de 2005.
La decisión busca asegurar que las víctimas reciban la ayuda humanitaria sin interrupciones, protegiendo sus derechos fundamentales en medio de la crisis humanitaria que enfrenta el país.



