JEP responsabiliza a 8 militares y confirma que fumigaciones con glifosato dañaron comunidades en Nariño
JEP responsabiliza a 8 militares por fumigaciones con glifosato en Nariño

La JEP responsabiliza a ocho militares y confirma daños por fumigaciones con glifosato en Nariño

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha emitido una decisión histórica en la que responsabiliza a ocho exintegrantes del Ejército Nacional por crímenes cometidos contra comunidades en el departamento de Nariño entre 2001 y 2012. La Sala de Reconocimiento de Verdad, mediante el Auto SRVR-02 de 2026, ha llamado a estos comparecientes a reconocer su responsabilidad en graves violaciones a los derechos humanos.

Fumigaciones indiscriminadas con graves consecuencias

Uno de los hallazgos más significativos del tribunal es la confirmación de que las aspersiones aéreas con glifosato realizadas en municipios del Pacífico nariñense se implementaron de forma indiscriminada, afectando gravemente a comunidades afrodescendientes, indígenas y campesinas. La investigación del Caso 02, que abarca la situación territorial de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, reveló que estas fumigaciones se realizaron sin consulta previa a los pueblos étnicos y sin respetar protocolos técnicos establecidos.

"Los hallazgos de la Sala de Reconocimiento evidencian que la política antidrogas, en particular el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea con el herbicida Glifosato, desempeñó un papel determinante en la configuración de las violencias analizadas", declaró la magistrada Belkis Izquierdo durante la presentación de los resultados.

Tres patrones macrocriminales identificados

La investigación de la JEP determinó la existencia de tres patrones macrocriminales en la región:

  1. Estigmatización y violencia selectiva contra líderes sociales y procesos organizativos comunitarios.
  2. Asesinatos de civiles presentados ilegítimamente como bajas en combate durante operaciones militares.
  3. Control militar del territorio con graves afectaciones a los derechos de las comunidades y sus territorios ancestrales.

Dentro de este tercer patrón, la JEP analizó específicamente los efectos de la política antidrogas basada en la erradicación aérea con glifosato. El tribunal encontró que entre 2004 y 2012, estas aspersiones afectaron repetidamente zonas pobladas, cultivos de pancoger, animales domésticos, fuentes de agua y la salud de las personas.

Impacto desproporcionado en comunidades étnicas

Según los documentos de la JEP, entre 2002 y 2013 se registraron 5.072 denuncias por daños asociados a las aspersiones en Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, pero solo 104 recibieron alguna medida de compensación. La magistrada Izquierdo destacó que, pese a tratarse de un territorio predominantemente étnico, las fumigaciones no respetaron el derecho fundamental de los Pueblos Étnicos a la consulta previa, a pesar de que la Corte Constitucional había determinado este requisito desde 2003.

"Además, pese a tratarse de un territorio predominantemente étnico, las aspersiones no respetaron el derecho fundamental de los Pueblos Étnicos a la consulta previa", puntualizó la magistrada.

Responsables militares identificados

La Sala atribuyó responsabilidad a siete integrantes del Grupo de Caballería Mecanizado No. 3 "General José María Cabal" y a un integrante del Batallón de Contraguerrilla No. 93 "Ramiro Rueda Mendoza". Entre los señalados se encuentra el entonces comandante del Grupo Cabal, Luis Felipe Montoya Sánchez.

Los hechos fueron calificados como crímenes de lesa humanidad —incluyendo asesinato, desaparición forzada, exterminio, traslado forzoso de población, tortura y persecución— y como crímenes de guerra de homicidio y tortura.

Consecuencias humanitarias documentadas

La decisión de la JEP documentó que entre 2003 y 2012 se presentaron 42 hechos de desplazamiento, confinamiento y hostilidades asociados al actuar de la fuerza pública en la región, que afectaron aproximadamente a 16.337 personas. Entre las víctimas se encuentran 10.738 miembros del pueblo Awá, 3.796 afrodescendientes y cerca de 1.800 campesinos.

La investigación también reveló que Nariño fue el departamento con mayor número de hectáreas asperjadas en el país entre 2004 y 2012, alcanzando en 2005 el 41% del total nacional de aspersiones aéreas con glifosato.

Próximos pasos en el proceso

Este es el segundo Auto de Determinación de Hechos y Conductas del Caso 02. En una decisión anterior, la JEP ya había atribuido responsabilidad a 15 exintegrantes de las extintas FARC. Con esta nueva determinación, la jurisdicción da por concluida la etapa de investigación del macrocaso y abre paso a la fase de reconocimiento de verdad y responsabilidad.

Los ocho comparecientes militares tienen ahora 30 días hábiles para aceptar o rechazar los cargos formulados por la Sala. En caso de negación, el proceso avanzaría a un eventual juicio ante el Tribunal para la Paz.

La magistrada Izquierdo enfatizó que la evidencia contrastada demostró que las aspersiones aéreas con glifosato se dieron bajo un enfoque que desconoció las causas estructurales del problema de los cultivos de uso ilícito, priorizando una respuesta militar sobre consideraciones humanitarias y étnicas.