Comparendo a fundación animalista por esterilizar en calle de Facatativá genera intenso debate legal
Un amplio debate se ha desatado en las redes sociales y en círculos jurídicos luego de que la Policía Nacional impusiera un comparendo a una fundación animalista por llevar a cabo una jornada de esterilización canina en la vía pública del municipio de Facatativá, Cundinamarca. El caso, que se viralizó rápidamente, ha dividido opiniones entre quienes defienden la labor de protección animal y quienes alertan sobre la importancia de cumplir con los requisitos legales para este tipo de intervenciones.
¿Qué establece la ley sobre el uso del espacio público?
Según la Ley 1801 de 2016, conocida como el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, la ocupación indebida del espacio público puede acarrear medidas correctivas por parte de las autoridades policiales. Estas medidas incluyen, entre otras:
- Multas económicas, ya sean generales o especiales, dependiendo de la gravedad del caso.
- Suspensión temporal o definitiva de la actividad que se esté realizando.
- Decomiso de los bienes utilizados durante la intervención.
- Demolición de estructuras improvisadas que hayan sido instaladas sin la debida autorización.
- Remoción inmediata de los bienes involucrados.
- Participación obligatoria en programas comunitarios o actividades pedagógicas.
La normativa también advierte sobre los riesgos sanitarios que pueden presentarse cuando no se cuenta con los permisos necesarios, especialmente si se permite la permanencia de animales que puedan afectar las condiciones de higiene, salubridad y seguridad pública. Además, estas jornadas de esterilización requieren de personal médico autorizado; de lo contrario, podrían derivar en investigaciones por presunto malprato animal.
La Ley 'Esterilizar Salva' y sus implicaciones
Por otro lado, la Ley 2374 de 2024, denominada 'Esterilizar Salva', creó el Programa Nacional de Esterilización y establece obligaciones específicas para los entes territoriales. Esta ley ordena a los municipios y distritos, en coordinación con los departamentos:
- Educar a la ciudadanía sobre la tenencia responsable de animales de compañía.
- Promover activamente la adopción de mascotas.
- Desarrollar campañas de concienciación sobre la importancia de la esterilización.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es el encargado de reglamentar este programa, el cual debe garantizar la prestación del servicio en todo el territorio nacional, con un enfoque especial en zonas de difícil acceso y alta vulnerabilidad. Para ello, se asegurarán equipos móviles adicionales y personal capacitado que pueda operar en estas áreas.
Además, la ley establece que el Programa beneficiará a comunidades étnicas, implementando un enfoque diferencial que elimine barreras lingüísticas, culturales y geográficas, tal como lo estipula el artículo 5° de la misma.
Consideraciones adicionales sobre el caso
Es importante destacar que, si la actividad de esterilización se realiza en suelos aledaños a centros comerciales o propiedades privadas, su viabilidad depende estrictamente de la normativa local de uso de suelo, la cual determina si el área es apta para dichas intervenciones. Este aspecto resalta la complejidad jurídica que rodea a las jornadas de esterilización en espacios no autorizados.
El debate generado por este comparendo refleja la tensión entre el deseo legítimo de proteger a los animales y la necesidad de acatar las regulaciones establecidas para garantizar la seguridad y salubridad pública. Mientras algunos ciudadanos aplauden la labor de las fundaciones animalistas, otros insisten en que cualquier actividad, por noble que sea, debe realizarse dentro del marco legal para evitar riesgos y sanciones.
