El Decreto 0415 de 2026, emitido por el gobierno de Gustavo Petro, que ordena el traslado acelerado de 25 billones de pesos desde los fondos privados de pensiones (AFP) hacia Colpensiones, enfrenta dos demandas ante el Consejo de Estado. La medida, que afecta a más de 120 mil personas que aprovecharon la denominada 'ventana pensional', ha generado controversia por su posible ilegalidad e inconstitucionalidad.
Detalles del decreto y controversias
El decreto establece plazos muy cortos para el traslado de los recursos: 20 días para la mitad de los ahorros y rendimientos acumulados, y 10 días adicionales para el resto. Expertos y órganos de control señalan que esta disposición contradice la reforma pensional aprobada en 2024, la cual establecía que dichos recursos debían ser administrados por un fondo autónomo a cargo del Banco de la República, no directamente por el Ejecutivo. Además, se ha advertido el riesgo de que estos dineros sean utilizados como fuente adicional de gasto en plena campaña electoral, en detrimento del ahorro pensional de los ciudadanos.
La 'ventana pensional' y su alcance
La controversia también gira en torno al artículo 76 de la reforma pensional, que creó la 'ventana pensional'. Esta permitió, durante dos años, que personas con al menos 750 semanas cotizadas (mujeres) o 900 (hombres), y a menos de diez años de pensionarse, pudieran trasladarse de régimen sin acudir a la justicia. Unas 120 mil personas ya hicieron uso de esa opción.
Las demandas presentadas
La primera demanda fue presentada por el abogado Carlos Mario Salgado Morales, de la firma Spl Salgado & Salgado Abogados, y está a cargo del magistrado Luis Eduardo Mesa Nieves, de la Sección Segunda (Subsección A). Salgado argumenta que el decreto es ilegal e inconstitucional porque se basa en el artículo 76 de la reforma pensional, pero un parágrafo de ese artículo indica que los recursos solo deben trasladarse a Colpensiones para aquellas personas que ya cumplieron con los requisitos de pensión. "Están combinando peras con manzanas", afirmó Salgado, quien agregó que el Gobierno mezcla dos situaciones distintas: el traslado de afiliados entre regímenes y el traslado efectivo de recursos.
La segunda demanda fue presentada por Juan Esteban Aguirre Espinosa contra el Ministerio del Trabajo, y fue asignada al magistrado Juan Enrique Bedoya Escobar, también en la Sección Segunda. Ambas demandas advierten que, si el Gobierno consideraba necesario habilitar ese tipo de traslados, debía tramitar una reforma ante el Congreso y no hacerlo mediante un decreto, lo que desdibuja los límites entre la potestad reglamentaria y la función legislativa.
Próximos pasos
Ahora queda en manos del alto tribunal decidir si admite las demandas y si decreta medidas cautelares que suspendan el decreto. Mientras tanto, el Gobierno podría acceder a estos recursos extraordinarios. Si no se produce una suspensión en el corto plazo, el Ejecutivo tendría margen para disponer de los 25 billones de pesos en medio de cuestionamientos por el manejo del gasto público y a pocas semanas de las elecciones.



