MinSalud obliga a EPS a garantizar entrega completa y oportuna de medicamentos
MinSalud obliga a EPS a entregar medicamentos completos y a tiempo

Mediante la Circular Externa 017 de 2026, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció nuevas disposiciones que obligan a las EPS y demás actores del sistema de salud a garantizar la entrega completa y oportuna de medicamentos a los pacientes. La medida surge como respuesta a las reiteradas quejas de los usuarios por retrasos, entregas parciales y falta de disponibilidad de medicamentos en diversas regiones del país.

Protección a pacientes vulnerables

El Gobierno nacional busca proteger especialmente a pacientes con enfermedades crónicas, menores de edad y personas en condición de vulnerabilidad, quienes son los más afectados por las fallas en la dispensación de tratamientos. Entre las principales disposiciones se establece que las EPS deberán contar con redes suficientes de gestores farmacéuticos y mecanismos alternos de dispensación que permitan responder ante contingencias o fallas en la entrega de medicamentos.

Entrega domiciliaria en 48 horas

La circular también fortalece la entrega domiciliaria de medicamentos cuando existan pendientes en la dispensación. En esos casos, las entidades deberán garantizar que los usuarios reciban los tratamientos en un plazo máximo de 48 horas. Esta medida busca agilizar la atención y evitar que los pacientes interrumpan sus terapias.

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Pluralidad de oferentes y planes de mitigación

Otro de los puntos clave exige a las EPS asegurar pluralidad de oferentes para los medicamentos bajo su responsabilidad. Cuando exista un único proveedor en el mercado, las entidades deberán implementar planes de mitigación frente a posibles desabastecimientos o interrupciones. Estas acciones incluyen la importación de medicamentos vitales no disponibles, conforme a la normativa vigente y las decisiones de la Corte Constitucional.

Flujo transparente de recursos

El Ministerio ordenó mantener un flujo transparente y oportuno de recursos hacia gestores farmacéuticos y proveedores, con el fin de evitar retrasos que afecten la atención de los pacientes. Además, se obliga a reportar cualquier situación de escasez o desabastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos al Sistema de Monitoreo del Abastecimiento del Ministerio de Salud.

Fortalecimiento de la vigilancia

Se hizo un llamado a las entidades territoriales para fortalecer la recepción de denuncias y quejas relacionadas con la no entrega parcial o total de medicamentos, facilitando así las acciones de inspección, vigilancia y control. El Ministerio advirtió que la Superintendencia Nacional de Salud y las secretarías territoriales reforzarán las labores de vigilancia para garantizar el cumplimiento de estas medidas.

La cartera de Salud reiteró que ninguna entidad podrá incurrir en prácticas que limiten la competencia o afecten el acceso oportuno a medicamentos. Subrayó que el eje central de estas decisiones es la protección de la vida, la salud y el bienestar de los usuarios del sistema de salud colombiano.

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