Invima prohíbe 136 esmaltes semipermanentes por riesgo de cáncer y daños cutáneos
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) anunció la prohibición inmediata de 136 esmaltes semipermanentes que contienen sustancias químicas peligrosas vinculadas a riesgos de cáncer, toxicidad reproductiva y daños severos en la piel. Esta decisión se tomó tras confirmar evidencia científica sobre los peligros de estos componentes en productos cosméticos.
Detalles de la medida sanitaria
La resolución 2026007526 del 17 de febrero de 2026 establece la cancelación definitiva de las Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO) para estos productos. Los esmaltes prohibidos contienen dos ingredientes específicamente identificados como peligrosos:
- Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO)
- N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT)
Según el Invima, a partir del 16 de febrero de 2026 estos productos no pueden ser comercializados, distribuidos ni agotar existencias en el mercado colombiano. La medida se aplica en toda la subregión andina como parte de una estrategia regional coordinada por la Comunidad Andina (CAN) mediante la Resolución 2548 de 2025.
Base científica de la prohibición
La autoridad sanitaria fundamentó su decisión en estudios científicos que demuestran que las sustancias TPO y DMPT presentan múltiples riesgos para la salud:
- Riesgos carcinogénicos: Potencial para desarrollar cáncer con exposición prolongada
- Toxicidad reproductiva: Efectos adversos sobre la capacidad reproductiva
- Sensibilización cutánea: Reacciones alérgicas y daños permanentes en la piel
"Estos componentes han sido catalogados como potencialmente peligrosos para la salud humana, por lo que su uso en productos cosméticos como esmaltes semipermanentes queda restringido de manera definitiva", explicó el Invima en su comunicado oficial.
Proceso de implementación
El proceso de cancelación de las NSO se realizó de forma automática después de que venció el plazo de 60 días otorgado a las empresas para ajustarse a la nueva normativa. Este periodo comenzó el 15 de diciembre de 2025, fecha de publicación de la resolución en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
El Invima hizo un llamado especial a todos los actores de la cadena comercial:
- Fabricantes: Deben reformular sus productos eliminando estas sustancias
- Importadores y distribuidores: Deben verificar el cumplimiento normativo
- Establecimientos comerciales: Deben retirar inmediatamente los productos prohibidos
Compromiso con la salud pública
Con esta medida, tanto la Comunidad Andina como las autoridades sanitarias de Colombia reafirmaron su compromiso con la protección de la salud pública. "Garantizamos que los productos disponibles en el mercado cumplan con estándares de seguridad adecuados para proteger tanto a consumidores como a profesionales del sector belleza", señaló el instituto.
El Invima reiteró que continuará realizando labores intensivas de vigilancia y control para asegurar el cumplimiento de esta prohibición. Además, instó a la ciudadanía a verificar los listados oficiales de productos autorizados antes de realizar cualquier compra de cosméticos.
Esta acción se enmarca en una estrategia más amplia del Invima para fortalecer la regulación de productos cosméticos en el país, siguiendo los más altos estándares internacionales de seguridad sanitaria.
