Bogotá establece controles estrictos para el comercio informal en espacios públicos
La administración distrital de Bogotá ha puesto en vigor un nuevo marco regulatorio que redefine las condiciones para el uso del espacio público por parte de vendedores informales. Mediante el Decreto 117 de 2026, la capital colombiana ha establecido parámetros específicos que buscan organizar la ocupación de áreas comunes, una medida que ya ha desencadenado manifestaciones de protesta por parte del sector informal.
Prohibiciones fundamentales y requisitos obligatorios
El documento oficial, explicado detalladamente por el secretario de Gobierno Gustavo Quintero, incluye restricciones significativas sobre las actividades permitidas. Quedan expresamente prohibidos procedimientos que requieran condiciones sanitarias estrictas, como servicios de tatuajes, piercings, intervenciones odontológicas o cualquier práctica médica que se realice en la vía pública.
Además, se establece como requisito fundamental que ningún vendedor podrá desarrollar su actividad comercial sin contar con una autorización temporal de aprovechamiento económico. Esta disposición implica que aquellos comerciantes que no obtengan el permiso correspondiente no tendrán derecho a ocupar el espacio público para fines comerciales.
Limitaciones estructurales y de ubicación
El decreto también impone restricciones sobre las estructuras físicas utilizadas por los vendedores:
- No se permitirán casetas, carretas o elementos que no sean completamente desmontables
- Queda prohibida cualquier instalación que genere ocupación permanente del espacio
- No se autorizarán puestos que afecten la movilidad peatonal o vehicular
- Se prohíben estructuras que representen riesgos para la seguridad vial
En cuanto a la ubicación, las ventas informales no podrán establecerse en las inmediaciones de hospitales, centros educativos, iglesias u otros espacios sensibles cuando estas actividades afecten la tranquilidad del entorno.
Restricciones sobre productos y prácticas
El documento distrital especifica claramente qué productos no pueden comercializarse en el espacio público:
- Pólvora y sustancias inflamables
- Armas blancas de cualquier tipo
- Productos ilícitos o sustancias controladas
- Alimentos que no cumplan con condiciones higiénicas y carezcan de autorización sanitaria
Asimismo, se prohíben prácticas específicas como:
- La utilización de menores de edad en actividades de comercio informal
- La distribución de drogas o sustancias psicoactivas
- La organización de juegos de azar en la vía pública
- El ejercicio de la prostitución en espacios públicos
Normas de seguridad y uso de combustibles
En materia de seguridad, el decreto introduce regulaciones particularmente estrictas sobre el uso de combustibles y fuego. El empleo de cilindros de gas licuado de petróleo (GLP) será considerado excepcional y solo se permitirá en ferias o actividades previamente autorizadas por las autoridades competentes.
Además, queda terminantemente prohibido encender fuego o realizar quemas en la vía pública, una medida que busca prevenir accidentes y proteger tanto a los vendedores como a los transeúntes.
Reacciones y debate sobre la implementación
Tras la publicación oficial del decreto, las reacciones no se hicieron esperar. Vendedores informales organizaron protestas argumentando que las nuevas disposiciones desconocen sus derechos fundamentales y amenazan su sustento económico diario.
Desde la Alcaldía de Bogotá, sin embargo, las autoridades han insistido en que la normativa no está dirigida contra los vendedores informales como tal, sino contra las estructuras mafiosas que, según la administración distrital, controlan espacios públicos, subarriendan puestos de manera irregular y promueven economías ilegales en diferentes sectores de la ciudad.
Con esta nueva regulación, Bogotá inicia un capítulo significativo en la gestión del espacio público, un tema que mantiene una tensión constante entre la necesidad de orden urbano y el reconocimiento del derecho al trabajo de miles de ciudadanos que dependen del comercio informal para su supervivencia económica.



