Argentina prohíbe ingreso a personas con estos pasaportes
Argentina prohíbe ingreso con pasaportes específicos

Argentina ha endurecido sus controles migratorios mediante el nuevo Decreto 366/2025, que busca evitar la entrada de migrantes irregulares o con antecedentes penales. La Agencia de Seguridad Migratoria, dirigida por Sebastián Pablo Seoane y dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional a cargo de Alejandra Monteoliva, realiza redadas y estrictos controles de pasaportes en fronteras y aeropuertos.

Requisitos para ingresar a Argentina

Según el Artículo 5° del Anexo II del decreto, para ingresar al país se debe presentar en el control migratorio:

  • Pasaporte válido y vigente, emitido por la autoridad oficial del país de origen, que no esté vencido ni venza antes de salir del país, en buenas condiciones (sin páginas faltantes, manchas o roturas) y legible.
  • Documento de Identidad o Certificado de Viaje válido y vigente.
  • Visa, en caso de ser requerida para ciertos países.

El Artículo 11° inciso c) del Decreto 366/2025 establece que solo se puede eximir del pasaporte cuando el extranjero presente otro documento de identidad o de viaje válido.

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Casos en los que se rechaza la entrada con pasaporte

Las autoridades migratorias procederán al rechazo inmediato e impedirán el ingreso a todo extranjero que:

  • Pretenda ingresar con documentación (pasaporte) que no cumpla las condiciones legales vigentes, a menos que sea un reingreso por rechazo de un tercer país.
  • Manifieste que su motivo de ingreso es turista, cuando la autoridad migratoria determine que no encuadra en la categoría turista según la ley.
  • Exista sospecha fundada de que la intención real de ingreso difiere de la manifestada al obtener la visa o ante el control migratorio.

Resumen de pasaportes y personas que no pueden ingresar

La Agencia de Seguridad Migratoria impedirá el ingreso a quienes presenten documentación falsa o adulterada, hayan omitido informar antecedentes penales, condenas o requerimientos judiciales, o hayan realizado actos simulados o fraudulentos para obtener un beneficio migratorio.

En el caso de quienes vengan a residir, no se les permitirá ingresar si no exhiben un documento que demuestre una oferta efectiva de trabajo.

Tampoco podrán ingresar personas condenadas o con antecedentes en Argentina o en el exterior por delitos que merezcan pena privativa de libertad igual o mayor a tres años, así como aquellos condenados por delitos con pena menor a tres años.

Otros factores que impiden la entrada incluyen:

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  • Haber sido sorprendido en flagrancia por delito de acción pública que pueda dar lugar a suspensión del juicio a prueba o medida alternativa.
  • Haber participado en genocidio, crímenes de guerra, terrorismo o delitos de lesa humanidad juzgables por la Corte Penal Internacional.
  • Haber participado en actividades terroristas o que propicien la violencia o ideas contrarias al sistema democrático, o pertenecer a organizaciones imputadas por el Tribunal Penal Internacional.
  • Haber sido condenado por promover o facilitar el ingreso ilegal de extranjeros con fines de lucro.
  • Haber ingresado o intentado ingresar eludiendo controles migratorios o por lugares no habilitados.
  • Haber desnaturalizado los motivos de ingreso o admisión.
  • Haber egresado del país en cumplimiento de una extradición.
  • Haber incumplido requisitos de regularización migratoria.