ANT define alcance de títulos coloniales en medio de tensión territorial en el Cauca
La Agencia Nacional de Tierras (ANT) ha emitido un pronunciamiento técnico y jurídico crucial para despejar la incertidumbre generada por la clarificación de títulos coloniales en tres territorios del departamento del Cauca. Este dictamen busca establecer límites claros frente a la histórica disputa entre el Resguardo de Guambía y el denominado 'Gran Territorio CRIC', marcando un precedente importante en la gestión de conflictos territoriales indígenas.
Clarificación sin despojo: el principio fundamental
La entidad gubernamental ha sido enfática al señalar que la formalización de un resguardo indígena no puede significar el despojo de otra comunidad. En comunicado oficial, la ANT precisó que las resoluciones de clarificación de los títulos coloniales de Mosoco, Pitayó y Yaquivá, si bien están en firme tras agotarse los recursos legales, no constituyen una patente de corso para recortar derechos de terceros, incluyendo específicamente al pueblo Misak (Guambía).
"Este reconocimiento de títulos coloniales clarificados no puede, por sí solo, despojar o limitar el territorio formalizado de Guambía", afirmó la Agencia, estableciendo así un principio fundamental que busca equilibrar los derechos territoriales de las diferentes comunidades ancestrales del Cauca.
La cláusula de salvaguarda: protección reforzada para Guambía
Para contener la incertidumbre que ha alimentado tensiones en la región, la ANT ha invocado la cláusula de salvaguarda contemplada en el Decreto 1071 de 2015. Según esta disposición, la clarificación de títulos es un procedimiento reglado que debe respetar escrupulosamente los derechos reales adquiridos con anterioridad.
La Subdirección de Asuntos Étnicos de la Agencia reiteró que la propiedad colectiva ya formalizada del resguardo de Guambía goza de una protección especial, la cual no queda anulada ni menoscabada por las nuevas resoluciones de clarificación emitidas para territorios vecinos. Esta precisión técnica busca desactivar narrativas de favoritismo y establecer reglas claras para todas las partes involucradas.
Seguridad jurídica frente a conflictos territoriales
La circular suscrita por el Director General de la ANT, aunque interpretada por algunos sectores como un retroceso, tiene según la institución un objetivo puramente interpretativo y delimitador. Ante los nuevos conflictos surgidos en la región, el documento busca establecer con precisión los alcances de lo decidido administrativamente frente a lo que ordena la Constitución y la normativa agraria vigente.
La Agencia estableció como límite institucional fundamental que ninguna de las resoluciones de clarificación puede afectar el título ya formalizado del Resguardo Guambía, reafirmando así el principio de seguridad jurídica para las comunidades indígenas con territorios reconocidos oficialmente.
Llamado al diálogo y rechazo a vías de hecho
Como máxima autoridad de tierras de la nación, la ANT recordó que su competencia, bajo la Ley 160 de 1994, no es la de escoger entre pueblos indígenas, sino aplicar la normativa agraria con objetividad y respeto a los derechos constitucionales. La entidad hizo un llamado vehemente al respeto mutuo entre las autoridades del CRIC y las de Guambía, instando a buscar soluciones que respeten la diversidad étnica característica del Cauca.
"Hay un deber institucional de encontrar soluciones que respeten la normativa agraria y los derechos étnico-territoriales de todos", concluyó la Agencia, rechazando categóricamente cualquier intento de modificar la tenencia de la tierra mediante la fuerza o acciones al margen de la ley.
La protección reforzada de los territorios indígenas, según reafirmó la ANT, constituye una obligación constitucional y no una opción política, estableciendo así un marco claro para la resolución de futuros conflictos territoriales en regiones con presencia de comunidades étnicas ancestrales.
