Pasaporte gratis en Bogotá para personas con discapacidad: requisitos y cómo tramitarlo
Pasaporte gratis en Bogotá para personas con discapacidad

Pasaporte sin costo para personas con discapacidad en Bogotá

La Cancillería de Colombia ha anunciado que las personas con discapacidad en Bogotá pueden obtener el pasaporte de manera gratuita. Este beneficio está diseñado para facilitar el acceso a este documento esencial y aplica a quienes cumplan con los requisitos establecidos por la entidad. El trámite se puede realizar sin cita previa en las sedes habilitadas en la capital.

Requisitos para acceder al beneficio

Para solicitar el pasaporte exento de pago, los interesados deben presentar los siguientes documentos: cédula de ciudadanía, certificado del Sisbén en niveles A, B o C, y certificado de discapacidad vigente expedido por el Ministerio de Salud. Este último debe estar registrado en el sistema correspondiente. Las oficinas encargadas verificarán la autenticidad de la información.

Sedes y horarios de atención

La Cancillería indicó que los usuarios pueden acercarse sin cita a las sedes Norte y Centro en Bogotá. La atención se presta de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 5:00 p. m., lo que permite realizar el proceso de forma directa en estos puntos.

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Beneficio para acompañantes

La entidad también precisó que un familiar acompañante puede acceder al mismo beneficio, siempre que demuestre parentesco en primer grado. Para ello, debe presentar copia del registro civil, documento de vínculo matrimonial o prueba de unión marital de hecho. Además, el acompañante debe ser mayor de edad y acreditar el vínculo con la persona beneficiaria.

Otras condiciones para pasaporte exento

La normativa contempla otros casos de exención de pago del pasaporte, según lo dispuesto en la página de la Cancillería. Entre ellos se encuentran: personas que requieren tratamiento médico especializado en el exterior, adultos mayores de 62 años, jóvenes menores de 25 años admitidos para estudios fuera del país, personas con contratos laborales en el extranjero, niños en situación de adoptabilidad bajo protección del ICBF, delegaciones deportivas, culturales o científicas, y ciudadanos que deban viajar por enfermedad grave de un familiar en otro país. En cada caso, se deben presentar los soportes exigidos, como certificados médicos con vigencia no mayor a un mes, documentos de estudio traducidos al español y apostillados, entre otros.

Marco legal

La Cancillería recordó que todos los solicitantes deben cumplir con lo establecido en la Ley 1212 de 2008, el Decreto 3455 de 2008, la Ley 2136 de 2021 y la Resolución 6888 de 2021, entre otras normas vigentes. La entidad reiteró que el trámite busca facilitar el acceso a este documento para poblaciones que cumplen condiciones específicas.

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