Justicia colombiana rechaza acuerdo judicial de exdirector de la UNGRD por incumplir requisitos esenciales
En un fallo contundente que refuerza los estándares de justicia en casos de corrupción, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó en segunda instancia la decisión de no avalar el preacuerdo suscrito entre Olmedo López y la Fiscalía General de la Nación. Este acuerdo, firmado en mayo de 2025, buscaba reducir la pena del exfuncionario a seis años y dos meses de prisión por los delitos de peculado por apropiación y concierto para delinquir, relacionados con el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
Fundamentos legales del rechazo judicial
La magistrada del tribunal determinó que el contenido del acuerdo no cumplía con los requisitos legales exigidos para este tipo de negociaciones, confirmando así su improcedencia. Durante la sustentación de la decisión, la togada sostuvo que "la negociación sometida al examen de esta corporación es ilegal, por lo que habrá de confirmarse la decisión en el sentido de improbar el acuerdo".
La magistrada explicó que la decisión se fundamentó específicamente en el incumplimiento de un requisito considerado esencial en casos donde se ha producido apropiación indebida de recursos públicos. Citando precedentes judiciales, precisó que "cuando se trate de conductas ilícitas producto de las cuales el procesado obtuvo un incremento patrimonial para sí o para terceros, es requisito ineludible e imperativo y, por ende, no condonable, la devolución de la mitad del valor apropiado y garantizar el recaudo del monto restante".
Responsabilidad extendida más allá del beneficio directo
En un aspecto particularmente relevante para casos de corrupción estructural, la magistrada aclaró que la responsabilidad no se limita a los casos en los que el procesado se haya beneficiado directamente del dinero. Según indicó, "que no haya sido directamente en favor del procesado la apropiación de los recursos estatales, no es óbice para exonerarlo del cumplimiento de dicha obligación".
Esta interpretación judicial establece que la ausencia del reintegro de al menos el 50% de los recursos apropiados constituyó un impedimento insalvable para que el preacuerdo pudiera ser avalado por la justicia colombiana.
Posición de Olmedo López ante el fallo
Previo a la diligencia judicial, Olmedo López reiteró su intención de continuar colaborando con las autoridades sin importar el resultado del trámite judicial. A través de una carta conocida dentro del proceso, el exdirector de la UNGRD aseguró que su compromiso con la justicia se mantiene firme y que su voluntad de aportar información no depende de que el preacuerdo sea aprobado o no.
En el documento señaló: "Sin importar si se aprueba o no el preacuerdo mi decisión de colaborar es firme, consciente y no tiene marcha atrás". Además, en el mismo pronunciamiento agregó que continuará respondiendo a las solicitudes de las autoridades judiciales y sostuvo: "Si la justicia requiere más, habrá más".
Contexto del caso UNGRD
Dentro del expediente se ha establecido que el exfuncionario, en ejercicio de sus funciones como director de la UNGRD y ordenador del gasto, habría participado en el direccionamiento de contratos destinados a la mitigación y atención de emergencias en distintos departamentos del país, entre marzo de 2023 y febrero de 2024.
Según las investigaciones, estos contratos habrían sido orientados para favorecer a determinados contratistas, congresistas y otros funcionarios públicos, configurando una red de corrupción que desvió recursos destinados a la gestión del riesgo de desastres en Colombia.
Este fallo judicial representa un precedente significativo en la lucha contra la corrupción en Colombia, estableciendo que los acuerdos judiciales en casos de apropiación de recursos públicos deben cumplir estrictamente con los requisitos legales, especialmente aquellos relacionados con la reparación del daño causado al erario nacional.



