Jueza de Bogotá rechaza principio de oportunidad para Carlos Mattos por deficiencias en la solicitud de la Fiscalía
En una decisión judicial que ha generado amplio debate, la jueza 42 de Control de Garantías de Bogotá negó el principio de oportunidad al empresario colombiano Carlos Mattos, quien buscaba pactar con la Fiscalía General de la Nación. El beneficio judicial, que habría permitido suspender una acción penal a cambio de la entrega de dos camionetas, fue denegado debido a múltiples falencias en la argumentación presentada por el ente acusador.
La jueza destacó que la Fiscalía no cumplió con los requisitos establecidos para aplicar este mecanismo, especialmente en lo relacionado con la reparación del daño colectivo y la garantía de no repetición de conductas ilegales. "La causal exige una afectación mínima a los bienes colectivos, y en este punto no se escuchó de la fiscal algo concreto", afirmó la magistrada durante la audiencia celebrada este miércoles.
Las tres claves fundamentales de la decisión judicial
La resolución se basó en tres aspectos críticos que evidenciaron las deficiencias en el caso presentado por la Fiscalía:
- Falta de sustento en la causal invocada: La jueza sostuvo que no se demostró adecuadamente cómo Mattos pudo haber sido determinador de delitos como prevaricato por omisión y peculado por uso. Según la hipótesis de la Fiscalía, servidores del Inpec habrían accedido a designios criminales del empresario para permitirle salidas no autorizadas desde la cárcel La Picota, incluyendo el uso de su celular y desvíos en citas médicas.
- Ausencia de evidencias trasladadas en audiencia: La magistrada advirtió que la Fiscalía no presentó pruebas suficientes de la conducta punible de Mattos durante la audiencia. "No se explicó por qué esos medios de conocimiento indican que el señor Mattos puede ser el determinador de los delitos", señaló, calificando esto como una falencia argumentativa grave.
- Reparación e indemnización sin correlación clara: La jueza cuestionó que la indemnización propuesta no fuera claramente correlativa al daño causado. Además, resaltó que no se abordó adecuadamente el derecho a la verdad para las víctimas, a pesar de que el Inpec, en su calidad de víctima, se mostró de acuerdo con la negociación.
La decisión judicial también llamó la atención sobre contradicciones entre la fiscal y la defensa respecto a las actividades que Mattos realizaba en sus oficinas durante las salidas autorizadas. Este caso pone en evidencia los rigurosos estándares que deben cumplirse para aplicar principios de oportunidad en procesos penales en Colombia, especialmente cuando se trata de figuras públicas involucradas en presuntos actos de corrupción.
Carlos Mattos, quien enfrenta cargos relacionados con supuestos favores ilegales recibidos mientras estaba recluido en La Picota, deberá continuar con el proceso penal ordinario. La jueza enfatizó que, sin un sustento probatorio sólido y una argumentación coherente, no es posible conceder beneficios judiciales que podrían afectar la integridad del sistema de justicia.