Un juzgado de Bogotá impuso una severa sanción contra Jorge Iván Ospina, agente interventor de la Nueva EPS, por desacatar una orden de tutela. El caso se originó a raíz de un recurso presentado por una mujer a quien, desde diciembre de 2025, se le había ordenado el suministro de un stent redireccionador de flujo, un dispositivo médico indispensable para su tratamiento.
Incumplimiento y consecuencias
Aunque inicialmente se dictó una medida provisional para garantizar el insumo, la paciente denunció que la EPS no cumplió con lo ordenado. Ante ello, ella misma tuvo que asumir el costo del dispositivo, que ascendió a casi 63 millones de pesos. El juzgado ordenó entonces el reintegro de ese dinero que la paciente pagó de su bolsillo.
En el fallo se lee: “En ese sentido, los constantes cambios en la dirección o intervención de la entidad no pueden trasladar al accionante la carga de soportar dilaciones o incumplimientos, ni generar traumatismos en la efectividad de los derechos fundamentales amparados”.
Sanción impuesta
Por esta razón, el Juzgado 25 Penal del Circuito de Bogotá declaró en desacato a la Nueva EPS y sancionó a su agente interventor, Jorge Iván Ospina, con cinco días de arresto y una multa equivalente a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes. Esto se debió al incumplimiento reiterado del fallo de tutela que ordenaba garantizar el tratamiento de la paciente y el reintegro de los recursos que ella había desembolsado.
La decisión judicial subraya la obligación de las entidades de salud de cumplir con las órdenes de tutela, independientemente de los cambios administrativos o de intervención. La sanción busca asegurar que los derechos fundamentales de los pacientes no sean vulnerados por dilaciones injustificadas.



