Corte Suprema protege escrutinio público sobre credenciales de funcionarios
La Corte Suprema de Justicia de Colombia desestimó completamente una querella presentada contra la congresista Jennifer Pedraza por sus cuestionamientos públicos sobre la veracidad del título universitario de Juliana Guerrero, quien había sido nominada como viceministra de Juventudes por el presidente Gustavo Petro.
El origen del conflicto: preguntas incómodas sobre credenciales
En septiembre de 2025, la representante del partido Dignidad y Compromiso, Jennifer Pedraza, formuló una serie de interrogantes que resonaron en el ámbito político: "¿Conocen ustedes alguna persona que se haya graduado sin presentar el Ecaes o el Saber Pro? Seguramente no, porque en Colombia es ilegal graduarse sin tener los resultados del Saber Pro". Estas preguntas apuntaban directamente a Juliana Guerrero, cuya hoja de vida había sido publicada en el Portal de Aspirantes de la Presidencia un mes antes.
La investigación de Pedraza reveló que, aunque Guerrero presentaba un título de contadora pública en su currículum, no había presentado las pruebas Saber Pro, requisito fundamental establecido en la Ley 1324 de 2009. Lo más preocupante fue que la nominación de Guerrero se produjo pese a que no cumplía con los requisitos técnicos exigidos para el cargo de viceministra de Juventudes.
La respuesta legal: una querella que no prosperó
Juliana Guerrero presentó una querella ante la Corte Suprema de Justicia, acusando a Pedraza de:
- Calumnia por afirmar que no presentó las pruebas Saber Pro
- Carecer de tarjeta profesional
- Modificar irregularmente su hoja de vida
- Vulnerar su privacidad al divulgar información del Sistema de Información y Gestión de Empleo Público (SIGEP)
Sin embargo, los hechos posteriores demostraron que las sospechas de Pedraza estaban fundamentadas. No solo se confirmó la falsedad del título universitario de Guerrero, sino que se descubrió una supuesta red de corrupción en la Fundación San José, institución que presuntamente vendía títulos a funcionarios públicos que necesitaban credenciales para acceder a cargos asignados políticamente.
Los argumentos jurídicos de la Corte Suprema
La Corte Suprema rechazó ambos cargos con argumentos contundentes:
- Falta de interés procesal: Guerrero no asistió a la diligencia de conciliación obligatoria, pese a haber sido debidamente notificada, lo que demostró desinterés en impulsar el proceso.
- Dominio público de la información: Las hojas de vida de aspirantes a cargos de libre nombramiento y remoción, publicadas por la Presidencia de la República, forman parte del dominio público y están sujetas a escrutinio ciudadano.
El alto tribunal enfatizó que, bajo los principios de publicidad y transparencia que rigen la función pública, la información sobre educación formal, experiencia y trayectoria de aspirantes a cargos públicos está disponible para el análisis y cuestionamiento ciudadano.
Un precedente importante para la transparencia
Esta decisión establece un precedente significativo en la jurisprudencia colombiana. La Corte Suprema concluyó que no existen méritos para investigar a Pedraza por los delitos de acceso abusivo a sistemas informáticos ni violación de datos personales, cerrando definitivamente la puerta a cualquier investigación penal contra la congresista.
La sentencia reafirma un principio fundamental: cuando se trata de funcionarios o aspirantes a cargos públicos, la información sobre sus credenciales y trayectoria no solo es pública por naturaleza, sino que debe estar sujeta al escrutinio, cuestionamiento y debate tanto en el escenario político como en el ámbito ciudadano. Esta protección al derecho de cuestionar las credenciales de quienes aspiran a servir al Estado fortalece los mecanismos de control ciudadano sobre la administración pública.



