El Ministerio de Salud y Protección Social modificó oficialmente el procedimiento para la liquidación de aportes al sistema de seguridad social de los trabajadores independientes en Colombia. Esta actualización normativa responde a mandatos de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, que exigieron un marco jurídico más justo que considere la realidad financiera y la capacidad de pago de los ciudadanos.
Contexto de la reforma
Con esta decisión, se busca corregir las fallas de normativas anteriores que habían sido declaradas inexequibles, proporcionando ahora un esquema sólido para el recaudo de salud, pensión y riesgos laborales. El ajuste es clave en un contexto de alta inflación y cambios en el mercado laboral, donde los costos de ejecución de labores han variado significativamente para los profesionales y comerciantes.
Rol de la UGPP en la presunción de costos
La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) es la entidad encargada de liderar este nuevo esquema. Su función principal es determinar porcentajes de gastos representativos para cada sector económico, apoyándose en datos estadísticos del Dane, la Dian y el Banco de la República. El objetivo es que los trabajadores no coticen sobre el total de su contrato o ingreso bruto, sino sobre el ingreso neto real. Para ello, se han establecido coeficientes de costos que permiten deducir de forma automática los gastos necesarios para generar la renta, dependiendo de si el trabajador es un prestador de servicios, un transportador, un comerciante, entre otros.
Nuevo protocolo de tres pasos
El decreto establece una ruta obligatoria que todo trabajador independiente debe seguir para determinar su base de cotización:
- Ingreso bruto: El aportante debe sumar el valor total de sus ingresos recibidos en el mes.
- Deducción de costos: Se deben restar los gastos asociados a la actividad. Esto se puede hacer de dos formas: presentando soportes documentales que cumplan con el Estatuto Tributario o aplicando directamente el esquema de presunción de costos de la UGPP.
- Cálculo del aporte: Sobre el resultado neto (Ingreso Base de Cotización - IBC), se aplican los porcentajes de ley para salud y pensión.
Facultades de fiscalización
La nueva normativa otorga facultades claras a la UGPP para solicitar los soportes físicos que sustenten los costos declarados por los trabajadores. En los casos donde el aportante no cuente con las facturas o documentos probatorios de sus gastos, la entidad aplicará de manera automática el coeficiente de costos definido para su actividad principal, tomando como referencia la información de la última declaración de renta presentada ante la Dian.
Este ajuste normativo pretende reducir la evasión, pero también evitar el cobro excesivo a trabajadores cuyos gastos operativos son elevados, garantizando que el sistema de seguridad social sea equitativo y acorde a la utilidad real percibida por el trabajador.
Artículo desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista.



