Corte Constitucional exige pruebas al Gobierno sobre Emergencia Económica por crisis climática
Corte exige pruebas al Gobierno sobre Emergencia Económica climática

Corte Constitucional exige pruebas contundentes sobre Emergencia Económica por crisis climática

El magistrado Miguel Polo Rosero, de la Corte Constitucional, asumió formalmente el estudio del Decreto 0150 del 11 de febrero de 2026, mediante el cual el Gobierno nacional declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en parte del territorio colombiano. Esta medida excepcional fue adoptada argumentando la presencia de un frente frío atípico que ha generado graves afectaciones en varias regiones del país.

Plazo perentorio para presentar evidencias

El alto tribunal estableció un plazo de cinco días hábiles para que ministerios, gobernaciones y entidades técnicas presenten pruebas detalladas que demuestren la magnitud real de la crisis climática. La orden judicial exige datos exactos sobre la insuficiencia de recursos ordinarios para enfrentar la emergencia, así como información científica que justifique la declaratoria presidencial.

Entre los aspectos específicos solicitados se encuentran:

  • Informes técnicos del IDEAM, DIMAR y UNGRD sobre los criterios científicos para calificar las precipitaciones como "evento imprevisible y extraordinario"
  • Mapas detallados de las zonas más afectadas por las lluvias
  • Comparación de los niveles pluviométricos actuales con los valores históricos de los últimos 10 años
  • Fechas exactas de las alertas preventivas emitidas

Cuestionamientos a la justificación gubernamental

La Corte Constitucional planteó interrogantes fundamentales sobre la necesidad real de esta nueva declaratoria de emergencia. Particularmente, solicitó al Gobierno explicar "las diferencias y similitudes" entre la situación actual y las emergencias anteriores, especialmente la decretada en noviembre de 2024 mediante el Decreto 1372, que fue prorrogada un año después con el Decreto 1193 de 2025.

El magistrado Polo Rosero enfatizó que la Constitución "exige examinar su procedimiento de formación, así como su contenido" antes de otorgar cualquier aval definitivo a medidas de esta naturaleza. Además, ordenó verificar la situación administrativa de los ministros que suscribieron el decreto, incluyendo a:

  1. Irene Vélez Torres (Ambiente y Desarrollo Sostenible)
  2. Javier Andrés Baquero Maldonado (Defensa Nacional)
  3. Elvira de las Mercedes Sanabria Salazar (Relaciones Exteriores)
  4. Sofía Carolina Cañón Valbuena (Comercio, Industria y Turismo)
  5. Kevin Fernando Henao Martínez (Ciencia, Tecnología e Innovación)

Impacto humano y económico de la crisis

Según los datos oficiales citados en el decreto de emergencia, las lluvias atípicas han afectado gravemente a 69.235 familias y 252.233 personas, con un saldo trágico de 10 fallecidos y 3 heridos. Los daños materiales son igualmente significativos:

  • 19.798 hectáreas productivas devastadas
  • 11.955 viviendas afectadas
  • 38 acueductos, 4 alcantarillados y 91 centros educativos dañados
  • 18 centros comunitarios impactados

Los departamentos más afectados incluyen Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Chocó, Bolívar, Cesar y Magdalena, principalmente en la región Caribe colombiana.

Exigencias financieras y energéticas

Uno de los aspectos más críticos del requerimiento judicial se centra en la capacidad financiera del Estado. La Corte exigió a los ministerios del Interior y Hacienda presentar cálculos precisos de inversión requerida, especificando montos exactos, distribución particular y tiempos de ejecución. El magistrado fue enfático al señalar que "no puede tratarse de un informe general sobre la cuantía de los recursos requeridos".

Adicionalmente, se ordenó al Ejecutivo demostrar la relación directa entre el exceso de lluvias y la crisis de las empresas de energía en la región Caribe, explicando cómo este fenómeno natural agrava las deudas millonarias de las comercializadoras intervenidas y podría desencadenar una "probable recesión de los pagos de los usuarios" en estas zonas.

Participación de la sociedad civil

La Corte Constitucional extendió una convocatoria amplia a diversos sectores de la sociedad civil para que presenten sus conceptos sobre la constitucionalidad del decreto. Universidades, organizaciones campesinas, institutos ambientales y otras entidades podrán formular observaciones de exequibilidad o inexequibilidad sobre la norma, en un proceso que busca garantizar la transparencia y participación en esta decisión de alto impacto nacional.

El magistrado Polo Rosero concluyó su requisitoria exigiendo al Gobierno sustentar detalladamente por qué fue imposible enfrentar la crisis con los mecanismos ordinarios disponibles, en lo que representa un examen exhaustivo a una de las herramientas más poderosas del Ejecutivo en situaciones de emergencia nacional.