Corte Constitucional evalúa suspender artículo clave de emergencia invernal de Petro
La Corte Constitucional de Colombia, tras haber tumbado oficialmente la emergencia económica decretada por el gobierno del presidente Gustavo Petro en diciembre de 2025, ahora centra su atención en un nuevo frente: la emergencia invernal declarada en febrero de 2026. Según información exclusiva obtenida por EL TIEMPO, el alto tribunal ya está evaluando la posible suspensión provisional del artículo 12 del Decreto 175, una disposición que otorga al Ejecutivo facultades extraordinarias de contratación directa.
El artículo en cuestión y su alcance
El decreto en cuestión, emitido el 24 de febrero de 2026, establece medidas extraordinarias para el financiamiento, crédito y alivio de pasivos con el objetivo de reactivar el sector agropecuario en ocho departamentos afectados por la emergencia invernal:
- Córdoba
- Antioquia
- La Guajira
- Sucre
- Bolívar
- Cesar
- Magdalena
- Chocó
El artículo 12, específicamente, autoriza al gobierno de Petro a realizar contratación directa para la adquisición de bienes, servicios y logística, sin necesidad de seguir los procesos licitatorios ordinarios. Lo que preocupa a los magistrados es que este artículo no especifica qué entidades públicas pueden utilizar este mecanismo y, además, no establece límites para las adiciones contractuales.
Argumentos del gobierno y cuestionamientos de la Corte
La Secretaría Jurídica de la Presidencia ha defendido ante la Corte que las adiciones a los contratos son indispensables, argumentando que iniciar nuevos procesos de contratación con todas sus etapas y plazos habría retrasado la entrega de ayudas vitales, agravando la situación económica de miles de familias productoras afectadas por el invierno.
Sin embargo, la ponencia que circula entre los magistrados -proveniente del despacho de la magistrada Paula Andrea Meneses- plantea serias objeciones:
- Las medidas contempladas en el artículo 12 podrían atenderse mediante la infraestructura y entidades ya existentes
- No se justifica suficientemente la flexibilización de las normas de contratación
- De no suspenderse, podrían generarse graves efectos para el patrimonio público
La Corte deberá determinar específicamente:
- Cuál es el vínculo legal entre la crisis económica y la necesidad de contratación directa
- Por qué debe omitirse la prohibición sobre adiciones y porcentajes establecidos en la ley
- Qué medidas ordinarias existen para adquirir esos bienes y por qué no fueron suficientes
Un pulso judicial que se intensifica
Mientras que en la votación sobre la emergencia económica de diciembre la Corte decidió tumbarla por 6 votos contra 2, en el caso de la emergencia invernal se anticipa un pulso mucho más reñido. Los magistrados analizarán estos argumentos y votarán en los próximos días, en una decisión que podría tener implicaciones significativas para la capacidad del gobierno de responder a las emergencias climáticas.
Lo que está en juego no es solo la validez de un artículo específico, sino la posibilidad de que esta suspensión abra la puerta para cuestionar otras medidas adoptadas bajo el paraguas de la emergencia invernal. El gobierno insiste en el vínculo directo entre la crisis y la necesidad de contratación expedita, mientras la Corte examina si existen alternativas menos lesivas para el ordenamiento jurídico y el patrimonio del Estado.



