Corte Constitucional retoma estudio de emergencia económica de Petro con decisión clave pendiente
La Corte Constitucional reinicia esta semana el análisis de fondo sobre la emergencia económica declarada por el presidente Gustavo Petro el 22 de diciembre de 2025. La Sala Plena tiene programada una sesión crucial para el 9 de abril de 2026, con un plazo límite hasta el 16 del mismo mes para emitir la sentencia definitiva sobre el expediente RE-387.
Este proceso ha generado el choque institucional más intenso entre el Ejecutivo y la justicia constitucional en décadas. El desenlace determinará si el Gobierno puede gobernar mediante decretos ante el fracaso de sus iniciativas legislativas en el Congreso de la República.
Ponencia del magistrado Camargo busca tumbar decreto de emergencia
El magistrado Carlos Camargo, ponente encargado de la primera emergencia económica declarada por el Gobierno de Petro, presentó su ponencia a la Sala Plena solicitando la nulidad de este acto administrativo. El decreto buscaba generar un recaudo tributario significativo para cubrir necesidades presupuestales.
El decreto legislativo 1390 nació durante las vacaciones judiciales, firmado el 22 de diciembre de 2025, primer día hábil del inicio del receso. Esta medida otorgó al Ejecutivo facultades legislativas por 30 días, período que coincidió casi exactamente con las vacaciones de los magistrados del alto tribunal.
El presidente de la Corte, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, explicó la situación paradójica: "No funcionan los sistemas, no opera la Secretaría y no hay personal trabajando; en esas condiciones, no es posible notificar un auto". El tribunal aplazó el control automático hasta el fin de la vacancia, argumentando que el respeto al descanso de los funcionarios impedía asumir el estudio inmediato.
Argumentos del Gobierno y críticas de la Corte
El Gobierno justificó la emergencia en la necesidad de recaudar recursos para cubrir un faltante de 16 billones de pesos en el presupuesto de 2026, esperando obtener 11 billones mediante nuevos impuestos. Como argumento central, invocó la obligación de cumplir una sentencia de la propia Corte que ordenaba ajustar la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del sistema de salud.
Sin embargo, la Corte identificó problemas fundamentales en esta justificación. Los magistrados señalaron que el fallo sobre la UPC fue dictado en febrero de 2025, diez meses antes de la expedición del decreto. Durante ese tiempo, el ministro de Salud, Guillermo Jaramillo, estuvo cerca de ser arrestado por desacato al no cumplir la orden judicial.
El 31 de diciembre de 2025, el Ejecutivo publicó el decreto 1474 con los tributos creados bajo la emergencia:
- IVA del 19% a las bebidas alcohólicas
- Gravamen a cigarrillos, vapeadores y juegos de azar en línea
- Reducción del umbral del impuesto al patrimonio para capitales superiores a 2.094 millones de pesos
- Tarifa del 1% a los exportadores de petróleo y carbón
Suspensión histórica y fractura en el tribunal
El 29 de enero de 2026, la Corte tomó una decisión sin precedentes en 30 años: mediante el Auto 082, la Sala Plena suspendió provisionalmente el decreto legislativo 1390 con seis votos a favor y dos en contra. Esta decisión rompió una jurisprudencia de no intervención cautelar vigente desde 1994.
Como consecuencia directa, a través del Auto 084, el decreto 1474 con todos los impuestos quedó también sin efectos. La ponencia de la decisión global estuvo a cargo del magistrado Camargo, mientras el magistrado Juan Carlos Cortés proyectó el auto relativo al decreto tributario.
La decisión no fue unánime. Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal y Vladimir Fernández salvaron su voto, con este último publicando una de las críticas más encendidas al proceder de sus colegas. Fernández acusó a la mayoría de la Sala Plena de asumir competencias de facto mediante un fallo que altera gravemente el diseño institucional del país.
Reacción del Gobierno y conceptos institucionales
La reacción del Ejecutivo fue inmediata. El 30 de enero, Petro calificó a la Corte de actuar por "codicia" y escribió: "Estamos ante una ruptura real del orden constitucional, solo porque existe un gobierno que es amigo del pueblo trabajador". También lanzó la idea de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.
El 3 de marzo, el procurador Gregorio Eljach radicó ante el despacho del magistrado Camargo un documento de 40 páginas con el concepto del Ministerio Público. Su posición fue clara: pidió declarar inexequible el decreto 1390, pero solicitó mantener vivas de manera excepcional las disposiciones que garantizan los recursos para la salud.
Eljach explicó que la declaratoria es inconstitucional para buscar recursos destinados al sector defensa, la Unidad Nacional de Protección, el pago de sentencias judiciales, las obligaciones atrasadas y la atención de desastres naturales, ya que "no se trata de hechos sobrevinientes ni extraordinarios" que justifiquen saltarse los conductos regulares.
Segunda emergencia y destino de impuestos cobrados
Mientras se desarrollaba la batalla jurídica por el decreto de diciembre, el Gobierno decretó una segunda emergencia económica, el decreto 150 de 2026, esta vez motivada por una ola invernal que impactó ocho departamentos.
Una de las preguntas cruciales que quedó abierta tras la suspensión fue el destino de los dineros que los ciudadanos pagaron durante la vigencia del decreto 1474, principalmente por concepto de IVA a licores. La jurisprudencia constitucional señala históricamente que los fallos de la Corte tienen efectos hacia el futuro, lo que blinda al Estado de tener que realizar devoluciones masivas.
Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas, explicó que "por regla general, los fallos de la Corte tienen efectos a futuro, de manera que lo recaudado y demás no tienen que devolverlo los contribuyentes; lo generado se entiende legalmente generado".
Semana decisiva para la emergencia económica
La Corte Constitucional tiene agendada la sesión de Sala Plena para el 9 de abril de 2026 a las 9:00 de la mañana, con el expediente RE-387 en la agenda. El plazo para proferir la decisión definitiva sobre la constitucionalidad del decreto legislativo 1390 vence el 16 de abril.
La ponencia que definirá la legalidad de los cimientos jurídicos de toda la emergencia está a cargo del magistrado Carlos Camargo, quien ya distribuyó el documento entre sus colegas. Del otro lado, el expediente RE-388 sobre el decreto tributario sigue en el despacho del magistrado Juan Carlos Cortés.
Lo que está en juego es significativo: la decisión de la Sala Plena marcará si el Gobierno puede recurrir a estados de excepción ante reveses legislativos ordinarios, el destino de los impuestos decretados, la financiación del sistema de salud en medio de un déficit de 5,95 billones de pesos, y el futuro de un mercado energético que quedó en vilo tras la caída del decreto que buscaba evitar apagones en la Costa Caribe.
El constitucionalista Juan Manuel Charry calificó los escenarios de reembolso como "casos utópicos", pues procesar reintegros de montos menores bloquearía la capacidad operativa de la DIAN. Sin embargo, existen antecedentes donde la equidad primó, como ocurrió con la reforma tributaria de 1992, cuando el tribunal ordenó la devolución de lo pagado.
La Corte enfrenta una decisión histórica que definirá los límites del poder ejecutivo y los mecanismos constitucionales para enfrentar crisis fiscales en Colombia.



