Corte Constitucional definirá este jueves validez de emergencia económica de diciembre 2025
Corte definirá validez de emergencia económica de diciembre 2025

Corte Constitucional definirá este jueves validez de emergencia económica de diciembre 2025

La Corte Constitucional confirmó que en la sesión del próximo jueves 9 de abril de 2026, programada para las 9:00 a.m., emitirá el fallo de fondo sobre la exequibilidad del Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual el Gobierno declaró el estado de emergencia económica y social.

Esta decisión llega después de casi cuatro meses desde la declaratoria inicial y marca un momento crucial para la política fiscal del país. Es importante destacar que este fallo no se aplica al Decreto 0150 de 2026, que establece la emergencia económica actualmente vigente, sino exclusivamente a la medida decretada a finales del año pasado.

Antecedentes de la suspensión provisional

La legalidad de esa emergencia económica ha estado en duda desde el 29 de enero, cuando el alto tribunal suspendió provisionalmente sus efectos, junto con los de todos los decretos expedidos bajo su amparo. Esta medida se tomó después de que seis de los ocho magistrados respaldaran la ponencia del magistrado Carlos Camargo, quien buscaba anular la declaratoria de emergencia.

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Impacto económico de $11 billones en juego

El fallo que se conocerá este jueves definirá el futuro de aproximadamente $11 billones que el Gobierno pretendía recaudar mediante un paquete de medidas tributarias. Entre las disposiciones más significativas del decreto se encuentran:

  • Incremento de la tarifa del IVA de 5% a 19% para licores, vinos, aperitivos y productos similares.
  • Aumento del impuesto al consumo sobre estas bebidas alcohólicas, con un componente específico de $750 por grado de alcohol más un 30% ad valorem sobre el precio de venta al público.
  • Establecimiento de un impuesto especial de $11.200 por cajetilla de cigarrillos de 20 unidades.
  • Gravamen a vapeadores y cigarrillos electrónicos con una tarifa de $2.000 por mililitro de líquido, más un 30% adicional sobre el precio de venta.

Medidas adicionales contempladas en el decreto

El paquete tributario también incluía otras disposiciones de amplio alcance:

  1. Impuesto al patrimonio: Se estableció una tarifa progresiva de entre 0,5% y 5% para personas naturales con patrimonio líquido igual o superior a $2.094 millones al 1 de enero de 2026.
  2. Impuesto al consumo de lujo: Se reglamentó un gravamen del 19% sobre bienes como yates, barcos, aeronaves y motocicletas de alto cilindraje.
  3. Modificaciones al comercio digital: Se eliminó la exención de IVA para importaciones de bajo costo de hasta US$200, reduciendo ese límite a US$50, y se modificó la tarifa de IVA para apuestas en línea al 19% sobre los ingresos reales.

Afectación a sectores estratégicos

El decreto también impactaba significativamente a dos sectores clave de la economía nacional:

Sector financiero: Se imponía una sobretasa de 15 puntos adicionales en el impuesto de renta, elevando la tarifa total al 50%.

Sector minero energético: Se incorporaban tres medidas específicas:

  • Nuevo impuesto del 1% a la primera venta o exportación de petróleo y carbón.
  • Contribución parafiscal del 2,5% sobre la base gravable (utilidad antes de impuestos de 2025) destinada al fondo empresarial de la Superservicios.
  • Creación de un aporte en especie correspondiente al 12% de la energía vendida en la bolsa del Mercado de Energía Mayorista.

Posibles escenarios del fallo constitucional

Andrés Felipe Velásquez, socio de Velásquez Osorio Abogados, explicó que en ejercicio del control automático previsto en el artículo 215 de la Constitución Política, la Corte tiene tres opciones posibles:

  1. Declarar el decreto exequible (válido).
  2. Declararlo inexequible (inválido).
  3. Declararlo inexequible condicionado.

El experto precisó que el primer escenario no es viable, ya que la decisión de inexequibilidad "es la más probable, debido a que ya se dictó la suspensión provisional en enero".

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En caso de que la Corte declare la inexequibilidad, el alto tribunal suspendería definitivamente la emergencia económica de diciembre por considerarla "contraria a la Constitución desde su origen". Esto llevaría a que "todos los decretos legislativos expedidos en su desarrollo se caigan por inconstitucionalidad, salvo que la Corte module efectos", concluyó Velásquez.

La decisión del próximo jueves marcará un precedente importante sobre los límites del poder ejecutivo para declarar estados de emergencia económica y establecer medidas tributarias mediante decretos de urgencia.